Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (04667/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Enterradora/or Sepulturera/o para el cementerio municipal del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 4667/2022

cualquiera de las Administraciones Públicas, ni de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado, por resolución judicial, para el
desempeño de empleo o cargo público o para ejercer funciones similares a las del puesto
convocado, salvo prescripción de las sanciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado, o situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
g) Estar en posesión del permiso de circulación clase B y tener disponibilidad de vehículo.
2.- Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El
Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los
organismos competentes. La condición de discapacidad se acreditará en la fase de comprobación de
documentación una vez terminado el proceso selectivo.
3.- Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: finalización del plazo de
presentación de instancias y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación laboral.
Cuarta.- Forma y plazo de presentación de instancias.
1.- Los interesados en participar deberán presentar instancia (anexo I) en modelo normalizado, firmada por el
aspirante, haciendo declaración responsable de cumplimiento de todos y cada uno los requisitos exigidos en
esta convocatoria y una relación de los méritos a puntuar en el concurso, junto con una copia de la
acreditación documental de los mismos. Se adjuntará también:
* Fotocopia DNI o pasaporte.
* Fotocopia del Certificado de Escolaridad o equivalente.
* Documentación para la acreditación de los méritos.
No será necesario compulsar la documentación requerida, salvo quién resulte seleccionado, que lo hará con
carácter previo a la firma del contrato, en la fase de acreditación de requisitos y comprobación de
documentación.
Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de
oficio o a petición del interesado.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Solo podrán
solicitar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de
solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, en días
laborables, lunes a viernes, y horario de oficina, 9:00 a 14:00 h, o en la forma establecida en artículo 16 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
durante el plazo de veinte días (20) a partir del siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
En el supuesto de utilizar otros medios de presentación distintos al presencial en Ayuntamiento de Fregenal
de la Sierra, el solicitante deberá comunicar este hecho al Ayuntamiento en el correo electrónico
ayuntamiento@fregenaldelasierra.es, teniendo constancia de su recepción en el Ayuntamiento, antes de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Sin la concurrencia de este requisito no será admitida la
solicitud si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo de presentación de solicitudes.
No obstante, transcurridos 5 días siguientes a la fecha fin de plazo, sin haber recibido dicha solicitud, esta no
será admitida.
Quinta.- Admisión/exclusión de aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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