Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (04644/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias, autorizaciones, documentos y otras actuaciones y servicios de naturaleza urbanística
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Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros
Calzadilla de los Barros (Badajoz)
Anuncio 4644/2022
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias,
autorizaciones, documentos y otras actuaciones y servicios de naturaleza urbanística

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE
LICENCIAS, AUTORIZACIONES, DOCUMENTOS Y OTRAS ACTUACIONES Y SERVICIOS DE NATURALEZA URBANÍSTICA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial (acuerdo adoptado en la sesión plenaria ordinaria celebrada, en primera convocatoria,
el quince de septiembre dos mil veintidos) aprobatorio de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de licencias, autorizaciones, documentos y otras actuaciones y servicios de naturaleza urbanística cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS, AUTORIZACIONES, DOCUMENTOS Y OTRAS
ACTUACIONES Y SERVICIOS DE NATURALEZA URBANÍSTICA
Artículo 1.º.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades atribuidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por los artículos 4 y 106 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y
28 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, esta entidad local establece la tasa por expedición de licencias urbanísticas, certificados, informes y
autorizaciones de naturaleza urbanística expedidas a instancia de parte, así como, por la realización de actividades
administrativas de verificación y control de actuaciones urbanísticas sujetas al Régimen de Comunicación Previa, al que se
refieren los artículos.
Artículo 145. Licencias urbanísticas de obras, edificación e instalación.
Artículo 146. Licencia de comunicación previa los actos de aprovechamiento y uso del suelo.
Artículo 147. El procedimiento general de otorgamiento de licencia de obras de edificación, construcción e
instalación.
Artículo 148. Licencias de división del suelo y de las edificaciones e instalaciones.
Artículo 152. Licencia de primera ocupación o utilización.
Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Artículo 2.º.- Hecho imponible.
1.- Constituyen los hechos imponibles de esta tasa, los siguientes:
- La expedición de licencias urbanísticas.
- La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si los actos de
aprovechamiento y uso del suelo a los que se refiere la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que hayan de realizarse en el
término municipal, se ajustan a lo manifestado en la comunicación dirigida al Ayuntamiento y a
la legalidad urbanística prevista en la citada Ley y demás disposiciones vigentes, a la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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