Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz". (04598/2022)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de alumnado de la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, para el curso 2023
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Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz"

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Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, durante el curso 2023, en el plazo máximo de 3 meses naturales a contar desde
la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado
resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, sin perjuicio de su publicidad a través de la
Web la O.A. Patronato Diputación Provincial de Badajoz.
Base número 10.- Pérdida de la condición de alumno de la Escuela.
Podrá perderse la condición de alumno de la Escuela por fallecimiento, incapacidad física o psíquica del alumnado para
proseguir en el centro, sanción y renuncia voluntaria, ésta deberá presentarse por escrito ante el O.A. Patronato Provincial
sito en calle Felipe Checa n 23 conforme al anexo III.
Asimismo, constituye motivo de baja obligatoria en la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, tanto
la inasistencia reiterada del alumno al centro docente donde cursen la enseñanza obligatoria como la no presentación, con
carácter trimestral, de las certificaciones acreditativas de la asistencia regular al centro docente de aquellos alumnos que
estén cursando estudios de enseñanza obligatoria.
Base número 11.- Publicidad.
Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Web del Patronato Escuela
de Tauromaquia en la dirección https://www.dip-badajoz.es/tauromaquia/index.php.
Base número 12.- Igualdad de género.
Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a personas de
ambos sexos.
Base número 13.- Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante esta Presidencia del Organismo Autonomo Patronato Provincial Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime
pertinente.
Base número 14.- Protección de datos.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018 y del Reglamento (UE) 2016/679, le informamos que sus datos personales serán
tratados por la Diputación Provincial de Badajoz a los únicos efectos de la gestión del Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia. La legitimación para el tratamiento de sus datos es el cumplimiento de una misión realizada en interés
público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Éstos no serán comunicados a
terceros, salvo que esté previsto por la ley o sea necesaria para la gestión de los servicios solicitados, ni serán objeto de
transferencia a un tercer país u organización internacional. Tiene derecho al ejercicio de los derechos de acceso,
rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Diputación de
Badajoz. Podrá ejercer dichos derechos a través de los formularios de la sede electrónica, para ello deberá disponer de los
certificados digitales oportunos (https://sede.dip-badajoz.es); o mediante solicitud a la Oficina de Información
Administrativa, Calle Felipe Checa, 23, 06071 de Badajoz, o a través del Delegado de Protección de Datos al domicilio citado,
o mediante el correo electrónico dpd@dip-badajoz.es. Además, tiene derecho a reclamar ante la Autoridad de Control
(Agencia Española de Protección de Datos: www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en
relación a sus datos personales. Puede consultar la "Información adicional y detallada" sobre protección de datos
personales en nuestra página web: https://www.dip-badajoz.es/info/index.php?id=protecciondatos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
A fin de posibilitar la presentación de la solicitud a que se refiere la presente convocatoria a través del registro electrónico, al
amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Reglamento del registro electrónico de la Diputación
Provincial de Badajoz (BOP de 19 de septiembre de 2008), se procede a la aprobación de los documentos telemáticos que a
continuación se relacionan y que se remitan por vía telemática/digital mediante los sistemas de firma electrónica previstos
en el citado Reglamento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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