Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz". (04598/2022)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de alumnado de la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, para el curso 2023
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Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz"

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Base número 8.- Criterios de adjudicación de las plazas y procedimiento de adjudicación.
Una vez recibidas todas las solicitudes, el O.A. Patronato las analizará y , en el supuesto que alguna de las solicitudes no
reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo no superior a los diez días naturales, subsane
la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su
petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Tras este periodo de subsanación se elevará al Consejo Rector un informe de preevaluación de las solicitudes presentadas.
El Consejo Rector será el órgano competente para evaluar y valorar las solicitudes presentadas, conforme a los criterios y
procedimiento establecidos en las presentes bases de la convocatoria, emitiendo la correspondiente propuesta de
adjudicación de plazas.
Ante cualquier incidencia en las solicitudes presentadas así como las solicitudes que fuesen presentadas fuera de plazo, será
el Consejo Rector el que dirima sobra las mismas.
Los criterios de adjudicación de plazas y el orden de prelación que tendrá como referencia el Consejo Rector según el
Reglamento de régimen interior de funcionamiento de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, será el
siguiente:
a.- Tendrán prioridad los solicitantes que estando cursando educación primaria hayan sido alumnos de la
Escuela de Tauromaquia en el curso 2022, cuenten con informe favorable de los directores artístico y docente
de la misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b.- Los solicitantes que estando cursando educación secundaria obligatoria hayan sido alumnos de la Escuela
de Tauromaquia en el curso 2022, cuenten con informe favorable de los directores artístico y docente de la
misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c.- En tercer lugar, quienes no estén cursando estudios, hayan sido alumnos de la Escuela de Tauromaquia en
el curso 2022, cuenten con informe favorable de los directores artístico y docente de la misma y residentes en
un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d.- En cuarto lugar, los solicitantes que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reúnan los
requisitos de presentación de instancia según la base 5 de esta convocatoria.
e.- En quinto lugar, los alumnos procedentes de otras escuelas taurinas nacionales e Internacionales,
teniendo prioridad en este apartado aquellos procedentes de escuelas con las que se tenga suscrito convenio,
intercambios, acuerdos o similares.
f.- En sexto lugar, los alumnos que estén cursando estudios primarios o educación secundaria obligatoria con
independencia del lugar de residencia.
g.- Y por ultimo, el resto de solicitudes.
Si aplicando el criterio de adjudicación establecido en el apartado a) anterior, resulta que el número de solicitantes que
cumplieran los requisitos fuera superior al de plazas ofertadas se procederá por el Consejo Rector del Patronato Provincial
de la Escuela de Tauromaquia a celebrar sorteo público del que resulten los adjudicatarios de las plazas.
Si tras aplicar el criterio establecido en el apartado a) resultan plazas vacantes y el número de aspirantes que cumplen con el
criterio establecido en el apartado b) es superior al de plazas a cubrir se procederá de igual forma a la establecida en el
apartado anterior.
Se procederá de igual forma en el supuesto de aplicar los criterios establecidos en los apartados c, d), e), f) y g) cuando el
número de aspirantes exceda del número de plazas a cubrir.
El resto de aspirantes que no hayan resultado adjudicatario de una plaza conforme a los criterios y procedimiento
establecidos en este artículo se integrarán en una lista de espera que será de aplicación en el supuesto de que durante el
desarrollo del curso se produjera alguna vacante como consecuencia de lo establecido en la base 10 de esta convocatoria.
Base número 9.- Resolución de adjudicación de plazas.
A la vista de la propuesta del Consejo Rector de adjudicación de plazas, el Vicepresidente del Patronato Escuela de
Tauromaquia emitirá la correspondiente resolución con la relación definitiva de alumnos admitidos de la Escuela de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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