Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04608/2022)
Decreto por el que se modifican las bases reguladoras del Plan de Crédito Local para la Diputación Provincial de Badajoz con convocatoria de ayudas
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Delegación de Economía y Hacienda

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Teniendo en cuenta que el Euribor a tres meses comenzó 2022 en el -0,572% y a fecha de aprobación de las Bases
reguladoras del Plan de Crédito Local 2022 el Euribor a tres meses del último día del trimestre anterior se situaba en el
-0,458.
Sin embargo, en los tres últimos meses, el Banco Central Europeo ha anunciado dos subidas de tipos de interés. La primera,
el 21 de julio de 2022, fue de 50 puntos básicos, el doble de lo que estaba previsto. Y el 8 de septiembre los tipos han vuelto
a subir, esta vez en 75 puntos básicos. El objetivo es controlar la espiral inflacionista que está azotando Europa como
consecuencia fundamentalmente de la crisis energética producida tras la guerra de Rusia y Ucrania (el pasado mes de
agosto, la inflación en España fue del 10,4% anual).
El BCE también ha revisado al alza sus pronósticos sobre la inflación en la eurozona: un 8,1% en 2022, un 5,5% en 2023 y un
2,3% en 2024. Se trata de un cambio de rumbo total en la política monetaria europea. Hacía más de diez años que el BCE no
acometía ninguna subida de los tipos de interés.
Teniendo en cuenta que las circunstancias actuales de los mercados financieros han variado sustancialmente se considera
procede revisar el cálculo de la ayuda a conceder. Asimismo, no se perjudican derechos de tercero pues, como se motiva en
el apartado quinto del presente existe crédito adecuado y suficiente para las solicitudes presentadas.
Para ajustar el importe de la ayuda a la situación actual del tipo del Euribor, el tipo de interés a subvencionar (i) durante todo
el ejercicio 2022, deberá ser el tipo aplicable a cada uno de los préstamos a concertar y que de acuerdo a la base 3.ª
reguladora del PCL será el
Euribor trimestral correspondiente al último día de cada trimestre natural + diferencial máximo sobre el Euribor establecido
por resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera (por acrónimo RSGTPF) aplicable a cada entidad local
en el momento de la concesión de cada uno de los préstamo - mejora de la entidad.
Como mejora de la entidad se entenderá el porcentaje fijo de reducción, que se aplicará para cada préstamo y en el
momento de su formalización al diferencial máximo que en cada caso corresponda sobre el Euribor a tres meses por un
préstamo de vida media 67,50 meses establecido en la RSGTPF, ofrecido por la entidad financiera adjudicataria.
El interés final que resulte de sumar al Euribor trimestral el diferencial máximo establecido por RSGTPF, menos el porcentaje
de mejora ofrecido por la entidad financiera, no podrá ser objeto de redondeo. Cuando en el día que tenga que tomarse
como referencia para la revisión no fuese publicado el índice Euribor, el tipo de referencia será el del día hábil
inmediatamente anterior.
B. Teniendo en cuenta que La modificación que se propone no altera la cuantía total máxima destinada a las ayudas
incluidas en esta convocatoria y que asciende a tres cientos cuarenta y tres mil doscientos euros (343.200,00 euros), e irá
imputada a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 174/94293/76200/1700 de los
presupuestos generales de Diputación de Badajoz para el año 2022.
Realizada simulación del importe máximo de la posible ayuda a conceder tomando como valor el del Euribor a tres meses
del último día del trimestre anterior, esto es, del día 30 de septiembre que alcanza el 1,173% no se estima necesario
incrementar los créditos de la aplicación presupuestaria 174/94293/76200/1700 de los presupuestos generales de
Diputación de Badajoz para el año 2022.
Por todo lo expuesto anteriormente y, considerando el régimen de competencias vigente de conformidad con el Decreto del
Presidente de delegación de competencias para el mandato 2019-2023 de 5 de julio de 2019 y publicado en BOP el 8 del
mismo, en relación con el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la modificación de la base novena de las que rigen la convocatoria de ayudas del Plan de Crédito Local de
la Diputación de Badajoz, reguladora del cálculo de la ayuda, en el siguiente sentido:
Donde dice:
"Base 9. Cálculo de la ayuda.
El importe de la ayuda se calculará de la siguiente forma:
P = (((D – 1/N) + [(1 + D)-N/N])/D2)) x i
Donde:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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