Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04608/2022)
Decreto por el que se modifican las bases reguladoras del Plan de Crédito Local para la Diputación Provincial de Badajoz con convocatoria de ayudas
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Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 4608/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Economía y Hacienda
Badajoz
Anuncio 4608/2022
Decreto por el que se modifican las bases reguladoras del Plan de Crédito Local para la Diputación Provincial de Badajoz
con convocatoria de ayudas
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DEL PLAN DE CRÉDITO LOCAL PARA LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE BADAJOZ CON CONVOCATORIA DE AYUDAS
La Diputación de Badajoz aprobó en sesión plenaria ordinaria del 25 de febrero de 2022, el Plan de Crédito Local para 2022,
en aras a continuar con la ayuda financiera a los municipios.
Con fecha 25 de mayo de 2022, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia las Bases reguladoras del Plan de Crédito Local
2022 para la Diputación Provincial de Badajoz con convocatoria de ayudas, a través de la cual se pone a disposición de las
entidades de la provincia, la cuantía de 12.000.000,00 euros en forma de préstamo a través de un contrato marco celebrado
por esta Diputación Provincial y adjudicado con fecha 26 de julio de 2022. La fecha de presentación de solicitudes a la
presente convocatoria finalizó el día 17 de junio de 2022
Considerando que el objetivo de la convocatoria no es otro que obtener la mejor financiación posible, para todos los
municipios y demás entidades locales de la provincia, para el endeudamiento derivado de nuevas inversiones o de otras
necesidades de financiación a largo plazo a través de la firma de un acuerdo marco con una entidad financiera, facilitando la
gestión para la consecución de préstamos especialmente a aquellos municipios y entidades con menor capacidad
económica, y además, concediendo una ayuda para reducir la totalidad o parte de la carga financiera que se derivara de este
nuevo endeudamiento.
Por tanto, la finalidad de la ayuda contemplada eliminar o reducir el coste financiero que puedan suponer para las entidades
locales que participen en el Plan de Crédito Local los préstamos formalizados, la base cuarta de las reguladoras de la
convocatoria establece
que el importe de la ayuda se determinará en función de las circunstancias de los mercados financieros, la coyuntura
económica, el tipo de interés de los préstamos pactados en el acuerdo marco firmado con la entidad financiera para
ejecutar el Plan de Crédito Local y la consignación presupuestaria que figure en los presupuestos de la Diputación.
A. La base 9.ª reguladora del Plan de Crédito Local regula el cálculo de la ayuda, estableciendo que el importe de la ayuda se
calculará de la siguiente forma:
P = ((D – 1/N) + [(1 + D)-N/N])/D2)) x i
Donde:
P = Coeficiente de ayuda respecto al importe del préstamo.
D = Tipo de interés de actualización.
N = Duración del préstamo.
i = Tipo de interés a subvencionar.
Para la determinación del tipo de interés de actualización (D) se tomará como referencia el tipo medio anual del Euribor a
tres meses del ejercicio anterior al ejercicio presupuestario en el transcurso del cual se otorgue la ayuda y que, según los
datos publicados por el Banco de España, el tipo medio anual del Euribor a tres meses de 2021 es -0,550% (cuadro 1.15 del
Boletín Estadístico del Banco de España del mes de enero de 2022).
El tipo de interés a subvencionar (i) durante todo el ejercicio 2022, será el total del diferencial sobre el Euribor aplicable a la
operación, coincidiendo este con el tipo que resulte de restar al diferencial máximo establecido sobre el Euribor por RSGTPF,
el porcentaje de mejora ofrecido por la entidad financiera con la que se formalice el acuerdo marco para la ejecución del
PCL. El interés final que resulte no podrá ser objeto de redondeo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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Decreto por el que se modifican las bases reguladoras del Plan de Crédito Local para la Diputación Provincial de Badajoz
con convocatoria de ayudas
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DEL PLAN DE CRÉDITO LOCAL PARA LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE BADAJOZ CON CONVOCATORIA DE AYUDAS
La Diputación de Badajoz aprobó en sesión plenaria ordinaria del 25 de febrero de 2022, el Plan de Crédito Local para 2022,
en aras a continuar con la ayuda financiera a los municipios.
Con fecha 25 de mayo de 2022, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia las Bases reguladoras del Plan de Crédito Local
2022 para la Diputación Provincial de Badajoz con convocatoria de ayudas, a través de la cual se pone a disposición de las
entidades de la provincia, la cuantía de 12.000.000,00 euros en forma de préstamo a través de un contrato marco celebrado
por esta Diputación Provincial y adjudicado con fecha 26 de julio de 2022. La fecha de presentación de solicitudes a la
presente convocatoria finalizó el día 17 de junio de 2022
Considerando que el objetivo de la convocatoria no es otro que obtener la mejor financiación posible, para todos los
municipios y demás entidades locales de la provincia, para el endeudamiento derivado de nuevas inversiones o de otras
necesidades de financiación a largo plazo a través de la firma de un acuerdo marco con una entidad financiera, facilitando la
gestión para la consecución de préstamos especialmente a aquellos municipios y entidades con menor capacidad
económica, y además, concediendo una ayuda para reducir la totalidad o parte de la carga financiera que se derivara de este
nuevo endeudamiento.
Por tanto, la finalidad de la ayuda contemplada eliminar o reducir el coste financiero que puedan suponer para las entidades
locales que participen en el Plan de Crédito Local los préstamos formalizados, la base cuarta de las reguladoras de la
convocatoria establece
que el importe de la ayuda se determinará en función de las circunstancias de los mercados financieros, la coyuntura
económica, el tipo de interés de los préstamos pactados en el acuerdo marco firmado con la entidad financiera para
ejecutar el Plan de Crédito Local y la consignación presupuestaria que figure en los presupuestos de la Diputación.
A. La base 9.ª reguladora del Plan de Crédito Local regula el cálculo de la ayuda, estableciendo que el importe de la ayuda se
calculará de la siguiente forma:
P = ((D – 1/N) + [(1 + D)-N/N])/D2)) x i
Donde:
P = Coeficiente de ayuda respecto al importe del préstamo.
D = Tipo de interés de actualización.
N = Duración del préstamo.
i = Tipo de interés a subvencionar.
Para la determinación del tipo de interés de actualización (D) se tomará como referencia el tipo medio anual del Euribor a
tres meses del ejercicio anterior al ejercicio presupuestario en el transcurso del cual se otorgue la ayuda y que, según los
datos publicados por el Banco de España, el tipo medio anual del Euribor a tres meses de 2021 es -0,550% (cuadro 1.15 del
Boletín Estadístico del Banco de España del mes de enero de 2022).
El tipo de interés a subvencionar (i) durante todo el ejercicio 2022, será el total del diferencial sobre el Euribor aplicable a la
operación, coincidiendo este con el tipo que resulte de restar al diferencial máximo establecido sobre el Euribor por RSGTPF,
el porcentaje de mejora ofrecido por la entidad financiera con la que se formalice el acuerdo marco para la ejecución del
PCL. El interés final que resulte no podrá ser objeto de redondeo.
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