Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (04526/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria para la celebración de la VI Edición de la Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra "Provincia de Badajoz, Cosecha Temprana 2022/2023"
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Transformación Digital y Turismo
Anuncio 4526/2022
a) La cata-concurso se realizará por el sistema denominado "cata ciega". El anonimato de las muestras, y la fiel reserva de las
mismas, están garantizadas por la Diputación de Badajoz.
b) La organización no tendrá obligación de remitir los resultados obtenidos en el análisis de los aceites.
c) El jurado estará integrado por al menos ocho expertos/as catadores de reconocido prestigio.
d) El proceso de cata, comprenderá dos fases:
Primera:
En esta primera fase, los integrantes del jurado catarán los aceites presentados en cada una de las tres
categorías. En base a la valorización de sus características sensoriales de acuerdo con la ficha de cata incluida
en el anexo II, superarán esta fase aquellos aceites que alcancen los 70 puntos de valoración.
Segunda:
En un segundo análisis de sus características sensoriales valorizado mediante la ficha de cata del anexo II, y
agrupando en sesiones de cata aceites participantes en igual categoría, se procederá a elegir al aceite ganador
entre los seleccionados en la primera fase, siendo este el que mayor puntuación reciba atendiendo a la ficha
de cata anteriormente citada.
e) Los aceites que resulten seleccionados se someterán al correspondiente análisis de parámetros de calidad del
Reglamento 2568/91 y posteriores modificaciones, y residuos de pesticidas para los aceites de la categoría B, eliminándose
aquellos en los que se detecte incumplimiento de cualquier parámetro exigido por la legislación vigente.
f) Las decisiones del Jurado serán inapelables. Las posibles diferencias en la interpretación de estas bases serán resueltas
por la organización, el cual se reserva el derecho de rechazar las muestras que no cumplan las bases del presente concurso.
7.ª.- Acto de entrega de los premios.
a) Para cada categoría, se otorgará un único premio al aceite con mayor puntuación obtenida en la valorización
organoléptica y que cumpla con el resto de los requisitos expuestos en las bases.
b) El premio consistirá en 3.000,00 euros en compra del aceite de oliva virgen extra premiado en botellas de vidrio de 250 ml
de capacidad, que no superen 25 cm de altura y 7 cm de diámetro, precio comercial de la marca galardonada, siempre y
cuando los precios sean acordes a un valor lógico de mercado. La Diputación se reserva el derecho a no ejecutar la compra
si el precio de venta no es acorde a la situación del mercado.
c) El premio, en cualquiera de sus categorías podrá declararse desierto.
d) La organización podrá conceder hasta 2 menciones honoríficas en cada categoría. Este reconocimiento no recibirá premio
económico.
e) El acto de entrega de los premios de este VI Cata-Concurso "Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2022/2023" se haría
en un acto público convocado a tal efecto, siempre y cuando las circunstancias lo permitan.
8.ª.- Promoción de los aceites seleccionados.
a) Una vez resuelto el concurso, siguiendo la normativa vigente, las empresas cuyos aceites hayan sido seleccionados, y
quieran hacerlo constar, podrán indicar en las etiquetas, contraetiquetas o envases, exclusivamente correspondiente al lote
premiado en el presente concurso, el logo-marca del concurso; acompañada de la identidad corporativa establecida por la
Diputación Provincial de Badajoz.
b) Las empresas participantes, tanto las seleccionadas como las que no lo sean, tendrán preferencia en las actividades
promocionales que desarrolla el patronato en materia gastronómica.
9.ª.- Aceptación de las bases.
El hecho de participar en esta convocatoria supone la plena aceptación de las bases.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP 128, 08/07/2019), El Diputado Delegado del
Área de Transformación Digital y Turismo, Manuel José González Andrade.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 7
Anuncio 4526/2022
a) La cata-concurso se realizará por el sistema denominado "cata ciega". El anonimato de las muestras, y la fiel reserva de las
mismas, están garantizadas por la Diputación de Badajoz.
b) La organización no tendrá obligación de remitir los resultados obtenidos en el análisis de los aceites.
c) El jurado estará integrado por al menos ocho expertos/as catadores de reconocido prestigio.
d) El proceso de cata, comprenderá dos fases:
Primera:
En esta primera fase, los integrantes del jurado catarán los aceites presentados en cada una de las tres
categorías. En base a la valorización de sus características sensoriales de acuerdo con la ficha de cata incluida
en el anexo II, superarán esta fase aquellos aceites que alcancen los 70 puntos de valoración.
Segunda:
En un segundo análisis de sus características sensoriales valorizado mediante la ficha de cata del anexo II, y
agrupando en sesiones de cata aceites participantes en igual categoría, se procederá a elegir al aceite ganador
entre los seleccionados en la primera fase, siendo este el que mayor puntuación reciba atendiendo a la ficha
de cata anteriormente citada.
e) Los aceites que resulten seleccionados se someterán al correspondiente análisis de parámetros de calidad del
Reglamento 2568/91 y posteriores modificaciones, y residuos de pesticidas para los aceites de la categoría B, eliminándose
aquellos en los que se detecte incumplimiento de cualquier parámetro exigido por la legislación vigente.
f) Las decisiones del Jurado serán inapelables. Las posibles diferencias en la interpretación de estas bases serán resueltas
por la organización, el cual se reserva el derecho de rechazar las muestras que no cumplan las bases del presente concurso.
7.ª.- Acto de entrega de los premios.
a) Para cada categoría, se otorgará un único premio al aceite con mayor puntuación obtenida en la valorización
organoléptica y que cumpla con el resto de los requisitos expuestos en las bases.
b) El premio consistirá en 3.000,00 euros en compra del aceite de oliva virgen extra premiado en botellas de vidrio de 250 ml
de capacidad, que no superen 25 cm de altura y 7 cm de diámetro, precio comercial de la marca galardonada, siempre y
cuando los precios sean acordes a un valor lógico de mercado. La Diputación se reserva el derecho a no ejecutar la compra
si el precio de venta no es acorde a la situación del mercado.
c) El premio, en cualquiera de sus categorías podrá declararse desierto.
d) La organización podrá conceder hasta 2 menciones honoríficas en cada categoría. Este reconocimiento no recibirá premio
económico.
e) El acto de entrega de los premios de este VI Cata-Concurso "Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2022/2023" se haría
en un acto público convocado a tal efecto, siempre y cuando las circunstancias lo permitan.
8.ª.- Promoción de los aceites seleccionados.
a) Una vez resuelto el concurso, siguiendo la normativa vigente, las empresas cuyos aceites hayan sido seleccionados, y
quieran hacerlo constar, podrán indicar en las etiquetas, contraetiquetas o envases, exclusivamente correspondiente al lote
premiado en el presente concurso, el logo-marca del concurso; acompañada de la identidad corporativa establecida por la
Diputación Provincial de Badajoz.
b) Las empresas participantes, tanto las seleccionadas como las que no lo sean, tendrán preferencia en las actividades
promocionales que desarrolla el patronato en materia gastronómica.
9.ª.- Aceptación de las bases.
El hecho de participar en esta convocatoria supone la plena aceptación de las bases.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP 128, 08/07/2019), El Diputado Delegado del
Área de Transformación Digital y Turismo, Manuel José González Andrade.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 7