Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (04526/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria para la celebración de la VI Edición de la Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra "Provincia de Badajoz, Cosecha Temprana 2022/2023"
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Área de Transformación Digital y Turismo
Anuncio 4526/2022
menos 5.000 litros (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña
2022/2023. Con la solicitud de inscripción, las empresas que opten a esta categoría dan su consentimiento
para que el organizador compruebe su correcta inclusión en el registro de elaboradores y comercializadores
de producción ecológica.
- Categoría C: Aceite de oliva virgen extra "producción limitada", de origen tanto convencional como ecológica.
Será necesario un lote homogéneo superior a 2.000 litros (1.832 kg) e inferior a 5.000 litros (4.580 kg),
obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña 2022/2023.
d) Solo se admitirá una muestra de aceite por almazara o empresa participante para cada categoría. Una misma almazara o
empresa podrá participar en distintas categorías siempre y cuando sea bajo una marca comercial diferente.
e) La participación en la VI Cata-Concurso "Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2022/2023" es gratuita.
f) El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por la organización.
4.ª.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
a) Las almazaras y empresas interesadas en participar deberán presentar debidamente cumplimentado el modelo de
solicitud que figura como anexo I de las presentes bases.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de estas bases
en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) Las solicitudes se formalizarán en el modelo del anexo I de esta convocatoria. Los modelos de solicitud y de declaraciones
responsables estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz y en la Oficina de
Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz.
d) Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz e irán dirigidas
al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa 23, 06071-Badajoz.
e) También podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f) La gestión e instrucción de las solicitudes corresponderá a la Diputación de Badajoz, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales
deba formularse la propuesta de resolución.
g) Si la solicitud o cualesquiera de los documentos imprescindibles no reuniera los requisitos establecidos en el artículo 66
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en la
convocatoria; se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma norma legal.
h) La Diputación podrá posponer o suspender la edición bajo circunstancias de excepcionalidad que impidan la participación
en igualdad de condiciones entre las almazaras y empresas participantes, así como la imposibilidad e inviabilidad, total o
parcial, del desarrollo del proceso de la cata concurso recogido en los apartados 5.º y 6.º de las bases reguladoras de esta
convocatoria.
5.ª.- Recogida de muestra.
a) Recibida la ficha de inscripción, las muestras de aceites serán recogidas en las almazaras por la organización del concurso,
para lo que contará con personal técnico especializado.
b) Por cada aceite presentado al concurso, se recogerá una muestra de 2,5 litros, dividida en partes iguales en cinco envases.
Tres de ellas, serán empleadas para la valoración sensorial, la cuarta para los análisis físico-químicos y una quinta se
reservará como ejemplo de seguridad.
c) Cada ejemplar de la muestra se precintará y llevará una etiqueta en la que figure el nombre del concurso, la convocatoria
y la fecha de la recogida del aceite. Además, se incluirá un código identificativo compuesto por tres números y/o letras que
harán referencia a la almazara o empresa productora (número asignado por riguroso orden de llegada) y la categoría del
premio al que se presenta.
6.ª.- Proceso de la cata-concurso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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menos 5.000 litros (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña
2022/2023. Con la solicitud de inscripción, las empresas que opten a esta categoría dan su consentimiento
para que el organizador compruebe su correcta inclusión en el registro de elaboradores y comercializadores
de producción ecológica.
- Categoría C: Aceite de oliva virgen extra "producción limitada", de origen tanto convencional como ecológica.
Será necesario un lote homogéneo superior a 2.000 litros (1.832 kg) e inferior a 5.000 litros (4.580 kg),
obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña 2022/2023.
d) Solo se admitirá una muestra de aceite por almazara o empresa participante para cada categoría. Una misma almazara o
empresa podrá participar en distintas categorías siempre y cuando sea bajo una marca comercial diferente.
e) La participación en la VI Cata-Concurso "Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2022/2023" es gratuita.
f) El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por la organización.
4.ª.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
a) Las almazaras y empresas interesadas en participar deberán presentar debidamente cumplimentado el modelo de
solicitud que figura como anexo I de las presentes bases.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de estas bases
en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) Las solicitudes se formalizarán en el modelo del anexo I de esta convocatoria. Los modelos de solicitud y de declaraciones
responsables estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz y en la Oficina de
Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz.
d) Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz e irán dirigidas
al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa 23, 06071-Badajoz.
e) También podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f) La gestión e instrucción de las solicitudes corresponderá a la Diputación de Badajoz, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales
deba formularse la propuesta de resolución.
g) Si la solicitud o cualesquiera de los documentos imprescindibles no reuniera los requisitos establecidos en el artículo 66
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en la
convocatoria; se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma norma legal.
h) La Diputación podrá posponer o suspender la edición bajo circunstancias de excepcionalidad que impidan la participación
en igualdad de condiciones entre las almazaras y empresas participantes, así como la imposibilidad e inviabilidad, total o
parcial, del desarrollo del proceso de la cata concurso recogido en los apartados 5.º y 6.º de las bases reguladoras de esta
convocatoria.
5.ª.- Recogida de muestra.
a) Recibida la ficha de inscripción, las muestras de aceites serán recogidas en las almazaras por la organización del concurso,
para lo que contará con personal técnico especializado.
b) Por cada aceite presentado al concurso, se recogerá una muestra de 2,5 litros, dividida en partes iguales en cinco envases.
Tres de ellas, serán empleadas para la valoración sensorial, la cuarta para los análisis físico-químicos y una quinta se
reservará como ejemplo de seguridad.
c) Cada ejemplar de la muestra se precintará y llevará una etiqueta en la que figure el nombre del concurso, la convocatoria
y la fecha de la recogida del aceite. Además, se incluirá un código identificativo compuesto por tres números y/o letras que
harán referencia a la almazara o empresa productora (número asignado por riguroso orden de llegada) y la categoría del
premio al que se presenta.
6.ª.- Proceso de la cata-concurso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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