Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (04511/2022)
Aprobación definitiva del reglamento interno de la Policía Local
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
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Aprobación definitiva del reglamento interno de la Policía Local

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 8 de julio de 2022 sobre la aprobación del
Reglamento interno de la Policía Local del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro, cuyo texto íntegro es el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL CERRO
Capítulo I. Naturaleza, ámbito territorial y Régimen Jurídico.
Objeto.
Artículo 1.
1. El Cuerpo de la Policía Local de Burguillos del Cerro es un instituto armado y de naturaleza civil, con
estructura jerarquizada bajo la superior autoridad del Alcalde.
2. Los miembros del Cuerpo de la Policía Local tendrán, en el ejercicio de sus funciones el carácter de agentes
de la autoridad a todos los efectos legales.
3. Todos los integrantes del Cuerpo han de ser funcionarios de carrera, quedando expresamente prohibida
cualquier otra relación de prestación de servicios con la Administración; en particular, se prohíben las
contrataciones de naturaleza laboral.
4. En el presente documento se regulan las especiales características que tiene el ejercicio de la función de la
Policía Local, respecto de los/as funcionarios/as de la Administración Local, como así se recoge en su
legislación específica.
Ámbito.
Artículo 2.
1. Los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local sólo podrán actuar en el término municipal de Burguillos del
Cerro, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.
2. No obstante, de conformidad con lo previsto de la Ley de Coordinación de los Policías Locales de
Extremadura, podrán actuar en otros términos municipales por tiempo determinado en el supuesto de
existencia Convenio con otros municipios.
Régimen Jurídico.
Artículo 3.
El presente Reglamento estará sujeto en materia legislativa a los establecido en la Ley 7/2017 de 1 agosto, de
coordinación de Policías Locales de Extremadura, Ley 2/86 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se apruebas las Normas Marco de
los/las Policías Locales de Extremadura.
Capítulo II. De las funciones
Funciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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