Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). (04406/2022)
Normas de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo Construrae
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 4406/2022

determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación
económica.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
f) Los demás derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las
horas de asistencia y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación), que
deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y
finalización.
La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan llevarse a
cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
7.- Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
El uso de vestuario y equipos de protección individual entregado a los alumnos/as-trabajadores/as son de uso obligatorio y
su mantenimiento es responsabilidad directa de cada trabajador.
Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro, cualquier desperfecto que apreciase tanto en
instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas de seguridad e higiene.
De acuerdo con la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones del centro.

DERECHOS Y DEBERES
8.- Derechos.
Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas religiosas o políticas,
afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, el alumnado-trabajador del programa tendrán derecho a:
Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades personales.
Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal fin se
dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
10.- Deberes.
Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas presten sus servicios en el proyecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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