Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (04290/2022)
Decreto de ampliación de los plazos de ejecución y pago de todas las actuaciones aprobadas en el marco del Plan Cohesiona de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2021
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 4290/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Badajoz
Anuncio 4290/2022
Decreto de ampliación de los plazos de ejecución y pago de todas las actuaciones aprobadas en el marco del Plan
Cohesiona de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el
ejercicio 2021
DECRETO DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN Y PAGO DE TODAS LAS ACTUACIONES APROBADAS EN EL MARCO
DEL PLAN COHESION@ DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS, EMPLEO Y OTROS GASTOS CORRIENTES DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE BADAJOZ PARA EL EJERCICIO 2021.
ANTECEDENTES
Primero: El 9 de abril de 2021 se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz las bases reguladoras para la
convocatoria de subvenciones del Plan Cohesion@ 2021, que tienen por objeto la regulación de la concesión y la
convocatoria de subvenciones, en concurrencia no competitiva, para la financiación de actuaciones relativas a empleo y
otros gastos de naturaleza corriente, así como inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales, con el
carácter de Plan Provincial.
Segundo: La base número 8 de la convocatoria "obligaciones de los beneficiarios" establecía que:
"Serán gastos subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aquellos gastos de inversión, de personal y otros de naturaleza corriente que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen o hayan realizado
desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de octubre de 2022. ...."
Tercero.- A su vez, la base número 13 de la convocatoria "plazo de ejecución, pago y justificación de la subvención"
establecía que:
"Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes del 31 de
octubre de 2022...."
Cuarto: Con origen en la grave crisis económica surgida como consecuencia del desabastecimiento de materias primas,
fundamentalmente ocasionado por la guerra de Ucrania, y la fuerte inflación que han sufrido y siguen sufriendo los precios
con una inflación en continuo alza, los Ayuntamientos sufren enormemente las consecuencias de esta grave crisis,
quedándose las obras desiertas, debiéndose de adaptar continuamente los proyectos mediante la aprobación de los
modificados correspondientes y adaptar los precios a esta inflación tan elevada, por los mismos motivos se ven
incrementado los precios tanto de los equipamientos como de los suministros.
Esta concatenación de elementos negativos supone en la práctica una repercusión directa en la dilatación del tiempo
necesario para la correcta ejecución y terminación de los proyectos, obras, equipamientos, suministros y empleo
contemplados en el Plan, por lo que, vistas las múltiples solicitudes de modificación del plazo de ejecución y pago recibidas y
teniendo conocimiento de que un número elevado de ayuntamientos iban a necesitar de un mayor período de ejecución y
pago de sus actuaciones, por razones de eficiencia, eficacia y economía, se hace necesaria e indispensable una ampliación
de todas las actuaciones incluidas en este Plan del periodo de ejecución y pago de dicho Plan.
Quinto: Dado que se trata de causas no imputables a los ayuntamientos, que no se dañan derechos de terceros, y que la
causa de concesión de la prórroga conjunta (causas de fuerza mayor) es una de las razones contempladas dentro de la base
10.4.2. "Modificación del plazo de ejecución y pago".
Visto el informe favorable de la Secretaría General de fecha 28 de septiembre de 2022 y conforme a las atribuciones
otorgadas por la legislación vigente,
RESUELVO
Primero.- Aprobar para todas las entidades local una ampliación del plazo de ejecución y pago de todas las actuaciones
aprobadas en el marco del Plan Cohesion@ 2021 hasta el 30 de septiembre de 2023, según se establece en la base 10.4.2.c
de su convocatoria, siendo por tanto el plazo de justificación de dichas actuaciones de tres meses a contar desde el 1 de
octubre de 2023, según se establece en la base 10.4.2.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Decreto de ampliación de los plazos de ejecución y pago de todas las actuaciones aprobadas en el marco del Plan
Cohesiona de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el
ejercicio 2021
DECRETO DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN Y PAGO DE TODAS LAS ACTUACIONES APROBADAS EN EL MARCO
DEL PLAN COHESION@ DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS, EMPLEO Y OTROS GASTOS CORRIENTES DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE BADAJOZ PARA EL EJERCICIO 2021.
ANTECEDENTES
Primero: El 9 de abril de 2021 se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz las bases reguladoras para la
convocatoria de subvenciones del Plan Cohesion@ 2021, que tienen por objeto la regulación de la concesión y la
convocatoria de subvenciones, en concurrencia no competitiva, para la financiación de actuaciones relativas a empleo y
otros gastos de naturaleza corriente, así como inversiones en la ejecución de obras y equipamientos municipales, con el
carácter de Plan Provincial.
Segundo: La base número 8 de la convocatoria "obligaciones de los beneficiarios" establecía que:
"Serán gastos subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aquellos gastos de inversión, de personal y otros de naturaleza corriente que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen o hayan realizado
desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de octubre de 2022. ...."
Tercero.- A su vez, la base número 13 de la convocatoria "plazo de ejecución, pago y justificación de la subvención"
establecía que:
"Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes del 31 de
octubre de 2022...."
Cuarto: Con origen en la grave crisis económica surgida como consecuencia del desabastecimiento de materias primas,
fundamentalmente ocasionado por la guerra de Ucrania, y la fuerte inflación que han sufrido y siguen sufriendo los precios
con una inflación en continuo alza, los Ayuntamientos sufren enormemente las consecuencias de esta grave crisis,
quedándose las obras desiertas, debiéndose de adaptar continuamente los proyectos mediante la aprobación de los
modificados correspondientes y adaptar los precios a esta inflación tan elevada, por los mismos motivos se ven
incrementado los precios tanto de los equipamientos como de los suministros.
Esta concatenación de elementos negativos supone en la práctica una repercusión directa en la dilatación del tiempo
necesario para la correcta ejecución y terminación de los proyectos, obras, equipamientos, suministros y empleo
contemplados en el Plan, por lo que, vistas las múltiples solicitudes de modificación del plazo de ejecución y pago recibidas y
teniendo conocimiento de que un número elevado de ayuntamientos iban a necesitar de un mayor período de ejecución y
pago de sus actuaciones, por razones de eficiencia, eficacia y economía, se hace necesaria e indispensable una ampliación
de todas las actuaciones incluidas en este Plan del periodo de ejecución y pago de dicho Plan.
Quinto: Dado que se trata de causas no imputables a los ayuntamientos, que no se dañan derechos de terceros, y que la
causa de concesión de la prórroga conjunta (causas de fuerza mayor) es una de las razones contempladas dentro de la base
10.4.2. "Modificación del plazo de ejecución y pago".
Visto el informe favorable de la Secretaría General de fecha 28 de septiembre de 2022 y conforme a las atribuciones
otorgadas por la legislación vigente,
RESUELVO
Primero.- Aprobar para todas las entidades local una ampliación del plazo de ejecución y pago de todas las actuaciones
aprobadas en el marco del Plan Cohesion@ 2021 hasta el 30 de septiembre de 2023, según se establece en la base 10.4.2.c
de su convocatoria, siendo por tanto el plazo de justificación de dichas actuaciones de tres meses a contar desde el 1 de
octubre de 2023, según se establece en la base 10.4.2.
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