Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (04255/2022)
Convocatoria del Plan Carnaba
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 4255/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 4255/2022
Convocatoria del Plan Carnaba
DECRETO PLAN CARNABA
DECRETO DE ALCALDÍA POR EL QUE SE APRUEBA UN PLAN DE AYUDAS DIRECTAS A LAS AGRUPACIONES CARNAVALERAS,
PLAN CARNABA, DESTINADAS A MITIGAR LOS GASTOS EN TIEMPO DE CIERRE FORZOSO POR COVID 19 Y GARANTIZAR EL
MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD CARNAVALERA EN EL MUNICIPIO DE BADAJOZ, DENTRO DEL CONTEXTO DE
EMERGENCIA SOCIO-ECONÓMICA PROVOCADA POR LA PANDEMIA.
EXPONGO:
Después de que este país adoptara medidas para frenar la pandemia por COVID19, con la suspensión y cierre forzoso de
toda actividad que no fuera declarada imprescindible, promulgada en la Declaración del Estado de Alarma en RD 463/2020,
del 14 de marzo de 2020, en Consejo de Ministros, y tras casi un año y medio sin actividad socio-económica normal, por la
incidencia de esta enfermedad y las sucesivas actuaciones, en el ámbito de sus competencias en salud pública por parte de
las autoridades y el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen medidas especiales y
excepcionales de intervención administrativa en el municipio de Badajoz, publicado en el DOE extraordinario número 1 del
miércoles 6 de enero de 2021; el acuerdo de 8 de enero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se
establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, publicado en el DOE, suplemento número 4,
del citado 8 de enero de 2021; el acuerdo de 13 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por
el que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, publicado en el DOE, suplemento
número 7, del citado 13 de enero de 2021; y en el acuerdo de 20 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, publicado en el DOE suplemento número 12, el día 20 de enero de 2021.
Con fecha 30 de septiembre del año en curso se levantan las restricciones que hacen que la actividad socio-económica
pueda comenzar a reactivarse hacia la normalidad que conlleva convivir con el COVID19.
Como consecuencia de lo anterior, y en virtud de las competencias municipales, el Ayuntamiento de Badajoz ha ido dando
respuesta con una serie de medidas sociales y de primera necesidad a los sectores más vulnerables, pero además de estas
medidas adoptadas en este ámbito, se hacía necesario poner en marcha otra serie de medidas que ayuden a atenuar los
efectos del cierre forzoso por COVID19 en actividades socio-económicas, como es el colectivo carnavalero (comparsas,
murgas, artefactos y grupos menores), siendo claro el carácter extraordinario del plan de ayudas directas y basándonos en
razones de interés público derivadas de la necesidad del sector al que va dirigida, es por este motivo que,
DISPONGO
Un plan de ayudas directas de carácter extraordinario (Plan Carnaba) destinado a mitigar los efectos la pandemia por
COVID19 en los grupos carnavaleros (comparsas, murgas, artefactos y grupos menores), para su sostenimiento como uno
de los colectivos que impulsa una de las actividades socio-económica más importante en nuestra ciudad, dado que el
Carnaval de Badajoz, Fiesta de Interés Turístico Nacional con fecha 2021, ha conseguido alcanzar por su relevancia, la
categoría de Fiesta de Interés Turístico Internacional en el presente año 2022.
1.- Objeto y finalidad de las ayudas:
Contribuir a paliar los gastos corrientes como el alquiler de sede para su uso, agua y luz de los colectivos carnavaleros
(comparsas, murgas, artefactos y grupos menores) que han tenido que soportar los gastos desde el 1 de enero del 2021 y
hasta 31 de diciembre de 2021, sin poder ejercer la actividad que les reporte beneficios para su mantenimiento, dado que es
una actividad que obtiene, no solo beneficios al colectivo, sino también es parte importante del desarrollo económico de la
ciudad por la activación intrínseca de todo un engranaje, que conlleva la activación y desarrollo de la hostelería, restauración
y recursos en una gran cantidad de empleos secundarios durante todo el año para su finalidad, la Fiesta del Carnaval de
Badajoz, declarada fiesta de Interés Turístico Nacional y postulada a Fiesta de Interés Turístico Internacional.
2.- Régimen aplicable:
El plan de ayudas se regirá por lo establecido en presente Decreto, en la Ordenanza general de subvenciones del
Ayuntamiento de Badajoz (OGS Ayto. Badajoz), que establece las bases reguladoras de todas las subvenciones otorgadas
por este, y que fue aprobada por acuerdo de Pleno de fecha 3 de noviembre de 2008, publicado en el BOP de Badajoz
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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DECRETO PLAN CARNABA
DECRETO DE ALCALDÍA POR EL QUE SE APRUEBA UN PLAN DE AYUDAS DIRECTAS A LAS AGRUPACIONES CARNAVALERAS,
PLAN CARNABA, DESTINADAS A MITIGAR LOS GASTOS EN TIEMPO DE CIERRE FORZOSO POR COVID 19 Y GARANTIZAR EL
MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD CARNAVALERA EN EL MUNICIPIO DE BADAJOZ, DENTRO DEL CONTEXTO DE
EMERGENCIA SOCIO-ECONÓMICA PROVOCADA POR LA PANDEMIA.
EXPONGO:
Después de que este país adoptara medidas para frenar la pandemia por COVID19, con la suspensión y cierre forzoso de
toda actividad que no fuera declarada imprescindible, promulgada en la Declaración del Estado de Alarma en RD 463/2020,
del 14 de marzo de 2020, en Consejo de Ministros, y tras casi un año y medio sin actividad socio-económica normal, por la
incidencia de esta enfermedad y las sucesivas actuaciones, en el ámbito de sus competencias en salud pública por parte de
las autoridades y el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen medidas especiales y
excepcionales de intervención administrativa en el municipio de Badajoz, publicado en el DOE extraordinario número 1 del
miércoles 6 de enero de 2021; el acuerdo de 8 de enero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se
establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, publicado en el DOE, suplemento número 4,
del citado 8 de enero de 2021; el acuerdo de 13 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por
el que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa, publicado en el DOE, suplemento
número 7, del citado 13 de enero de 2021; y en el acuerdo de 20 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, publicado en el DOE suplemento número 12, el día 20 de enero de 2021.
Con fecha 30 de septiembre del año en curso se levantan las restricciones que hacen que la actividad socio-económica
pueda comenzar a reactivarse hacia la normalidad que conlleva convivir con el COVID19.
Como consecuencia de lo anterior, y en virtud de las competencias municipales, el Ayuntamiento de Badajoz ha ido dando
respuesta con una serie de medidas sociales y de primera necesidad a los sectores más vulnerables, pero además de estas
medidas adoptadas en este ámbito, se hacía necesario poner en marcha otra serie de medidas que ayuden a atenuar los
efectos del cierre forzoso por COVID19 en actividades socio-económicas, como es el colectivo carnavalero (comparsas,
murgas, artefactos y grupos menores), siendo claro el carácter extraordinario del plan de ayudas directas y basándonos en
razones de interés público derivadas de la necesidad del sector al que va dirigida, es por este motivo que,
DISPONGO
Un plan de ayudas directas de carácter extraordinario (Plan Carnaba) destinado a mitigar los efectos la pandemia por
COVID19 en los grupos carnavaleros (comparsas, murgas, artefactos y grupos menores), para su sostenimiento como uno
de los colectivos que impulsa una de las actividades socio-económica más importante en nuestra ciudad, dado que el
Carnaval de Badajoz, Fiesta de Interés Turístico Nacional con fecha 2021, ha conseguido alcanzar por su relevancia, la
categoría de Fiesta de Interés Turístico Internacional en el presente año 2022.
1.- Objeto y finalidad de las ayudas:
Contribuir a paliar los gastos corrientes como el alquiler de sede para su uso, agua y luz de los colectivos carnavaleros
(comparsas, murgas, artefactos y grupos menores) que han tenido que soportar los gastos desde el 1 de enero del 2021 y
hasta 31 de diciembre de 2021, sin poder ejercer la actividad que les reporte beneficios para su mantenimiento, dado que es
una actividad que obtiene, no solo beneficios al colectivo, sino también es parte importante del desarrollo económico de la
ciudad por la activación intrínseca de todo un engranaje, que conlleva la activación y desarrollo de la hostelería, restauración
y recursos en una gran cantidad de empleos secundarios durante todo el año para su finalidad, la Fiesta del Carnaval de
Badajoz, declarada fiesta de Interés Turístico Nacional y postulada a Fiesta de Interés Turístico Internacional.
2.- Régimen aplicable:
El plan de ayudas se regirá por lo establecido en presente Decreto, en la Ordenanza general de subvenciones del
Ayuntamiento de Badajoz (OGS Ayto. Badajoz), que establece las bases reguladoras de todas las subvenciones otorgadas
por este, y que fue aprobada por acuerdo de Pleno de fecha 3 de noviembre de 2008, publicado en el BOP de Badajoz
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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