Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Recursos Humanos (Badajoz). (04260/2022)
Bases que han de regir la convocatoria urgente de una bolsa de Profesores de Piano de la Escuela Municipal de Música
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 4260/2022

hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:

Cargo
Presidente:

Un funcionario del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Vocal:

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Vocal:

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Vocal:

Un empleado público designado por el Ayuntamiento

Secretario:

Un funcionario del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los órganos de selección pueden disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de
las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias.
Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Séptimo.- Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes.
FASE OPOSICIÓN:
La fase de oposición consistirá en la realización de 2 pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 6 puntos, siendo eliminados los
aspirantes que no alcancen un mínimo de 3 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la
media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio, consistirá en la presentación de un proyecto de una unidad didáctica para desarrollar durante el curso
académico dentro de la especialidad a la que aspiran, que deberá versar sobre los siguientes extremos:
- Objetivos.
- Destinatarios de la unidad didáctica.
- Conceptos y procedimientos a trabajar durante la unidad.
- Desarrollo de la unidad.
- Actividades incluidas en la unidad.
- Recursos a utilizar durante la ejecución de la unidad.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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