Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (04132/2022)
Aprobación de las bases generales para el concurso del proceso de estabilización de empleo 2022 en el Ayuntamiento de Montijo
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 4132/2022
Novena.- Procedimiento selectivo.
Décima.- Calificación del proceso selectivo.
Undécima.- Relación de aprobados/as.
Duodécima.- Elección de destinos.
Decimotercera.- Lista de personas seleccionadas.
Decimocuarta.- Acreditación de requisitos.
Decimoquinta.- Nombramiento como funcionarios/as de carrera o contratación como personal laboral fijo.
Decimosexta.- Normativa supletoria.
Decimoséptima.- Impugnaciones.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1. La oferta de empleo público aprobada por el Ayuntamiento de Montijo y publicada, tras su corrección de
errores, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 126 de 5 de julio de 2022, incluye distintas
plazas sometidas a procesos de estabilización conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
1.2. En la citada norma, y de acuerdo con su artículo 2.1, en relación con las disposiciones adicionales sexta y
octava, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de
naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, se hayan encontrado cubiertas de forma
temporal e ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016.
1.3. Conforme a las citadas disposiciones adicionales de la Ley 20/2021, el sistema de selección será, con
carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en los artículos 61.6 y 7 del TREBEP, por concurso.
1.4. Para la concurrencia a este concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021.
1.5. Es objeto de las presentes bases la estabilización de las citadas plazas conforme a la disposición adicional
cuarta de la citada Ley.
Segunda.- Normativa de aplicación.
Resultarán aplicables a los procesos selectivos regulados en estas bases generales las normas que a continuación se indican:
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del
Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las administraciones
públicas.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Novena.- Procedimiento selectivo.
Décima.- Calificación del proceso selectivo.
Undécima.- Relación de aprobados/as.
Duodécima.- Elección de destinos.
Decimotercera.- Lista de personas seleccionadas.
Decimocuarta.- Acreditación de requisitos.
Decimoquinta.- Nombramiento como funcionarios/as de carrera o contratación como personal laboral fijo.
Decimosexta.- Normativa supletoria.
Decimoséptima.- Impugnaciones.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1. La oferta de empleo público aprobada por el Ayuntamiento de Montijo y publicada, tras su corrección de
errores, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 126 de 5 de julio de 2022, incluye distintas
plazas sometidas a procesos de estabilización conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
1.2. En la citada norma, y de acuerdo con su artículo 2.1, en relación con las disposiciones adicionales sexta y
octava, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de
naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, se hayan encontrado cubiertas de forma
temporal e ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016.
1.3. Conforme a las citadas disposiciones adicionales de la Ley 20/2021, el sistema de selección será, con
carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en los artículos 61.6 y 7 del TREBEP, por concurso.
1.4. Para la concurrencia a este concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021.
1.5. Es objeto de las presentes bases la estabilización de las citadas plazas conforme a la disposición adicional
cuarta de la citada Ley.
Segunda.- Normativa de aplicación.
Resultarán aplicables a los procesos selectivos regulados en estas bases generales las normas que a continuación se indican:
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del
Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las administraciones
públicas.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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