Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04105/2022)
Bases y convocatoria para cubrir la plaza de Administrativo, con carácter de personal funcionario de carrera, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Fuenlabrada de los Montes (Badajoz)
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Bases y convocatoria para cubrir la plaza de Administrativo, con carácter de personal funcionario de carrera, por promoción
interna, mediante el sistema de concurso-oposición

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2022, DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA DE LOS MONTES
POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, FUNCIONARIO DE
CARRERA, PARA ESTE AYUNTAMIENTO, POR PROMOCIÓN INTERNA MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
Habiéndose aprobado por resolución de fecha 16 de septiembre de 2022, se aprobaron las bases y la convocatoria para
cubrir la plaza de Administrativo, para el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes, por promoción interna, mediante
concurso-oposición, se abre un plazo de presentación de solicitudes que será de veinte días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
«Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.º.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la cobertura en propiedad, con carácter de personal
funcionario de carrera, a través del sistema de concurso-oposición por promoción interna, de una plaza de
Administrativo, encuadradas en la escala de Administración General, subescala Administrativa, subgrupo C1,
según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, vacante en la plantilla de personal funcionario
de este Ayuntamiento y correspondiente a la ofertas de empleo público del año 2021.
2.º.- Igualdad de trato. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre
mujeres y hombres.
3.º.- Adscripción. El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo vacante, con las
características, condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes
determinaciones que correspondan al puesto, al margen de todas las derivadas del desarrollo de las
actividades de su oficio, conforme a lo dispuesto por el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local.
La adjudicación del puesto de trabajo se efectuará, de acuerdo con las peticiones de la persona seleccionada,
entre los puestos que se les oferten, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para esos
puesto.
4.º.- Retribución. Estará dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 nivel 22.
5.º.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
6.º.- Publicidad. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento como en la página web dentro del apartado ofertas de
empleo. También se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El anuncio de la convocatoria se publicará, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de
Extremadura.
7.º.- Normativa de aplicación. En lo no previsto en las bases, se regirá por el vigente la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
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