Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04048/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir la plaza de Técnico de Ciudades Saludables
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

Anuncio 4048/2022

lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento, [http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el tablón de
anuncios, para mayor difusión], y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se señalará un plazo de diez
días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es] y, en el tablón de anuncios, para mayor difusión]. Igualmente, en la
misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Sexta.- Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de
los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será
predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para
el acceso a las plazas convocadas.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.- Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
De conformidad con la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de
acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los
requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con
anterioridad a 1 de enero de 2016, o se trate de plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por
personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
En las Orientaciones publicadas por la Secretaría de Estado de Función Pública en abril de 2022, para la puesta en marcha
de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público, indica sobre los procesos derivados de la D.A. 6.ª y 8.ª que el sistema será el concurso
de valoración de méritos, y podrán consistir en la valoración, a modo orientativo, de los méritos previstos en el apartado
dedicado a los procesos de concurso-oposición, en donde los méritos profesionales no podrán superar más de un 60% del
total de la puntuación máxima, ni los méritos académicos menos de un 40%.
En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado 3.2., relativo a la prohibición de que los procesos sean
restringidos. Ello implica que ni formal ni materialmente supongan la imposibilidad real de que personas distintas de
quienes vengan ocupando los puestos se presenten a las mismas y, en caso de tener la puntuación necesaria, puedan
obtener la plaza.
Méritos computables:

a) Formación: Hasta un máximo de 4 puntos
Por los cursos de formación, seminarios o máster recibidos o impartidos en
el ámbito de la salud o el medio ambiente

Máx. 2 puntos (0,01 puntos/ fracción
de 10 horas)

Por haber superado alguno de los procesos de selección temporal para el
acceso a la plaza de Técnico de Ciudades saludables de la que desea
acceder

Máx. 1'5 puntos. (0,5 por proceso
selectivo superado)

b) Experiencia: Hasta un máximo de 5 puntos

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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