Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. (03994/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por mantenimiento y suministro de energía eléctrica en el recinto ferial
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Ayuntamiento de La Zarza

Anuncio 3994/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Zarza
La Zarza (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por mantenimiento y suministro de energía
eléctrica en el recinto ferial

APROBACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
EN EL RECINTO FERIAL
Habiendo transcurrido el período de exposición pública del acuerdo de aprobación provisional de imposición y ordenación
de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por mantenimiento y suministro de energía eléctrica en el recinto ferial de La
Zarza, adoptado por esta Corporación, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2022, y cuyo anuncio fue publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia número 128, de fecha 7 de julio de 2022. No habiéndose presentado alegación ni reclamación
alguna contra el mismo, y, por lo tanto, elevado a definitivo.
Queda expuesto al público, el referido acuerdo que compone el expediente, adjuntándose el texto íntegro de la Ordenanza
fiscal, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente acuerdo que es definitivo en vía administrativa, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá
interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia.
TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA EN EL RECINTO FERIAL DE LA ZARZA.
I. Naturaleza y objeto.
Artículo 1.º.
En uso de las facultades concedidas en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y los artículos 2, y 15 al 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, y 20 a 27 y 57 de dicho Texto Refundido, el excelentísimo Ayuntamiento de La Zarza
acuerda establecer la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por mantenimiento y suministro de energía eléctrica en el
recinto ferial, durante la celebración de la feria en el recinto ferial de la localidad de La Zarza, Badajoz.
Artículo 2.º.
Será objeto de esta tasa el mantenimiento y uso de la energía eléctrica durante la celebración de la feria en el recinto ferial,
tanto en las casetas como en las actividades feriales que en la misma se desarrollen.
II. Hecho imponible.
Artículo 3.º.
Constituye el hecho imponible de la presente tasa el mantenimiento, uso y consumo de energía eléctrica en las casetas y
actividades feriales instaladas en el recinto ferial y durante la celebración de las ferias de La Zarza.
III. Sujeto pasivo.
Artículo 4.º.
Estarán obligados al pago como contribuyentes las personas o entidades a cuyo favor fueran otorgadas las licencias, o los
que se beneficien del servicio, si se procedió sin la oportuna autorización.
IV. Responsable.
Artículo 5.º.
La responsabilidad, solidaria o subsidiaria, se exigirá, en su caso, a las personas o entidades y en los términos previstos en la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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