Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (03906/2022)
Bases que han de regir la convocatoria, mediante concurso-oposición libre, para regular el acceso mediante contrato temporal para cubrir los puestos de trabajo del servicio de Escuela municipal de música
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Ayuntamiento de Monesterio

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Sexta.- Sistemas de selección y desarrollo de los procesos. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- Oposición.
- Concurso.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud,
eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que
hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición.
1.- Fase oposición (máximo 10 puntos): Se compondrá de dos ejercicios obligatorios y de carácter
eliminatorios cada uno de ellos:
a) Primer ejercicio (máximo 5 puntos): Consistirán en la exposición de la programación presentada; desde 1.º
de Grado Elemental hasta la prueba de acceso al conservatorio.
Será necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para superar este ejercicio.
b) Segundo ejercicio (máximo 5 puntos): Consistirá en el desarrollo de una unidad didáctica, de 5 folios como
máximo, sobre la actividad musical a impartir. El aspirante dispondrá de 15 minutos para la exposición y
defensa de la misma. Deberá contener como mínimo los siguientes puntos:
a) Descripción de los objetivos de la Escuela municipal de música.
b) Metodología a seguir en el desarrollo de la actividad que va a impartir.
c) Actuaciones y actividades que pudieran realizarse desde la Escuela de música.
Los aspirantes deberán entregar a la Comisión un guión-resumen de 1 folio con el contenido de la exposición.
Los ejercicios tienen carácter eliminatorio, siendo necesario superar cada uno de ellos para pasar al siguiente.
Ambos ejercicios serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de
5 puntos en cada uno de ellos. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios sean corregidos, siempre que ello sea posible, sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
La puntuación máxima alcanzable será de 20 puntos.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y
teórico.
2.- Fase concurso.
A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que
aleguen y acrediten conforme al siguiente baremo:
Méritos computables:
a) Experiencia laboral (máximo 3 puntos).
- Por haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en Escuelas de música, 0,10 puntos por cada mes
de trabajo como Profesor de Música.
- Por haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en la Escuela municipal de música de Monesterio,
0,20 puntos por cada mes de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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