Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (03723/2022)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público local, inclusive carreteras, caminos y demás vías públicas locales
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

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No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la presente tasa, salvo las que se establezcan por Ley y
sean acreditadas por el solicitante.
Artículo 9.- Infracciones y sanciones tributarias
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en
cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y demás disposiciones que la completan y desarrollan.
Disposición adicional única. Modificaciones de la tasa.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación de la tasa, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o por
cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente
modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal.
Disposición final única. Entrada en vigor
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 24 de junio de
2022, entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

ANEXO I:
Cuota tributaria por apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público local, inclusive carreteras, caminos y
demás vías públicas locales para instalación y reparación de cañerías, conducciones y otras instalaciones, así como remoción
de pavimento o aceras en la vía pública:
- 15,00 €/metro lineal (actuaciones sin intervención en instalaciones o elementos singulares de hasta una
profundidad de 1 metro).
- 23,00 €/metro lineal (actuaciones con interferencia en más partes de los elementos de urbanización y
urbanos distintos de la calzada y acera).
- 3,49 €/metro lineal (actuaciones en suelo rústico/caminos públicos del Ayuntamiento de Villalba de los
Barros de actuaciones de una profundidad de hasta 1 metro)."
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
En Villalba de los Barros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Becerra Leal.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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