Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03639/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Administrativo, a seleccionar por promoción interna, correspondiente a la oferta de empleo público 2021
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 3639/2022

Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad y se acompañará la vida laboral.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 3,2 puntos, lo que supone un 40% de la
puntuación total de la fase de concurso.
2.º.- Formación académica: Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un titulo distinto al
exigido para participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Doctorado universitario

2 puntos

licenciatura universitaria/título de grado

1,5 puntos

Diplomatura universitaria

1 punto

Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas

1 punto

Ciclo Superior de Formación Profesional.

0,5 puntos

Ciclo Medio de Formación Profesional.

0,25 puntos

Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la superior. Será
imprescindible la presentación del título o en su defecto el justificante de haber abonado los derechos
correspondientes para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su
homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para
ello.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 2 puntos, lo que supone un 25% de la puntuación
total de la fase de concurso.
3.º.- Formación y perfeccionamiento. Se puntuará la formación recibidos sobre materias relacionadas con el
perfil del puesto al que se opta y que hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional,
a excepción de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso
de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas no se considerarán para su valoración.
Las certificaciones sobre asignaturas, cursos, seminarios y conferencias, designados en créditos, deberán
constar con su equivalencia en horas.
Siendo solo puntuable en el caso de que no se puntué la titulación universitaria en el apartado b) siguiente.
Aquellos cursos cuya fecha de realización tenga una antigüedad superior a los 15 años, inmediatamente
anteriores a la de finalización del plazo de presentación de instancias para la convocatoria de la plaza a la que
se opta, se valorarán igualmente en la mitad respectivamente.

Cursos o acciones formativa recibidos, relacionadas con las funciones del puesto de
trabajo, con un mínimo de 20 horas de duración que estén impartidos por el INAP, las
escuela de formación pública de las comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o mancomunidades, por la universidad o institución pública de
carácter reconocidas, se otorgarán
Cursos, jornadas, charlas, foros de debates o similares recibidos, en los que no
consten las horas de asistencia, que estén relacionados con el puesto de trabajo,
impartidos por la administración, la universidad, o institución pública de carácter
reconocida se otorgarán

0,1 puntos
por crédito
horario

Máximo de
2 puntos

0,01 puntos
por cada uno

Máximo de
1 punto

Para considerar los créditos se dividirá el número total de horas de asistencia al curso por 10, considerando
por cada 10 horas efectivas o fracción restante un crédito horario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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