Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. (03625/2022)
Bases generales para el concurso de proceso de estabilización empleo 2022
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Ayuntamiento de Guadiana

Anuncio 3625/2022

aplicación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad
y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Soo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o haber abonado los derechos para su expedición del título oficial u
homologado, de la titulación requerida para la plaza correspondiente.
A estos efectos, no será suficiente haber superado los correspondientes planes de estudio o
pruebas que permitan acceder a la titulación requerida, ni estar en posesión del certificado
académico que así lo acredite. Las personas que se encuentren en tales situaciones, a fin de
cumplir el requisito de la titulación, deberán abonar los derechos para la expedición del título
dentro del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.
En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Este último requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al
amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. Corresponde a los/as aspirantes
acreditar dicho reconocimiento.
En las convocatorias de plazas pertenecientes al grupo A (subgrupo A1 o A2), el requisito de
titulación será con carácter general el de Grado universitario, salvo en caso de tratarse de
plazas previstas para el ejercicio de profesiones reguladas en las que sea exigible una titulación
adicional de Máster o asimilado.
La posesión de titulaciones de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero
Técnico o Diplomado tendrá la equivalencia establecida en cada caso por la legislación aplicable
con la titulación indicada para la plaza correspondiente.
En el caso del grupo B la titulación exigida será la de Técnico Superior de Formación Profesional
o equivalente.
Dentro del grupo C (subgrupo C1 y C2) las titulaciones exigidas serán para el subgrupo C1,
Título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente; y para el subgrupo C2, la
titulación requerida será la de Graduado en ESO, Técnico Básico de Formación Profesional,
Certificado de Escolaridad o equivalente.
Por último, para las Agrupaciones Profesionales (AP) no se estable requisito de titulación.
f) Aquellos otros requisitos que, específicamente, se fijen para cada proceso selectivo en los
correspondientes anexos.
4.2. Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como
personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con
excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio
del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del
Estado o de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las
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