Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. (03565/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 5/8/2022 sobre aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto de Actividades Económicas
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Ayuntamiento de Zafra

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6. En el supuesto de que, por encontrarse en sótanos, plantas interiores, etc., los establecimientos o locales
carezcan propiamente de fachadas a la calle, se aplicará el coeficiente de situación correspondiente a la
categoría de la calle donde se encuentre el lugar de entrada o acceso principal.
Artículo 9. Bonificaciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 88 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se establecen las siguientes
bonificaciones:
a) Tendrán derecho a una bonificación del 95% sobre la cuota mínima municipal, las cooperativas, así como
las uniones, federaciones y confederaciones de las mismas y las sociedades agrarias de transformación,
según lo previsto en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. Los sujetos
pasivos que tengan derecho a esta bonificación por cumplir los requisitos establecidos, incluirán su solicitud
en la propia declaración.
b) Tendrán derecho a una bonificación del 50% sobre la cuota mínima municipal, los sujetos pasivos que
inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la
conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de la misma. Los sujetos pasivos que tengan
derecho a esta bonificación por cumplir los requisitos establecidos, incluirán su solicitud en la propia
declaración.
c) Tendrán derecho a una bonificación del 95% sobre la cuota tributaria integrada por la cuota de tarifa
ponderada por el coeficiente de ponderación y modificado por el coeficiente de situación establecido y en su
caso, reducida por la aplicación de las bonificaciones anteriores, los sujetos pasivos de este Impuesto que
tributen a este Ayuntamiento por cuota municipal, debiendo concurrir circunstancias sociales, culturales,
histórico–artísticas o de fomento de empleo que la justifique. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la
Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus
miembros. Siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:
a. Actividades declaradas como economía verde y circular.
b. Creación de más de 100 puestos de trabajo, debiendo estar ocupados en un 85% por
personas empadronadas en el municipio de Zafra.
La concesión de esta bonificación requiere solicitud previa por parte del sujeto pasivo. Junto a la solicitud de
esta bonificación deberá aportarse la siguiente documentación acreditativa:
- Declaración de especial interés o utilidad municipal concedida por el Pleno del Ayuntamiento.
El plazo de solicitud habilitado a tal efecto será el comprendido entre los días 1 de enero a 31 de marzo de
cada ejercicio, salvo que se produzca inicio en el ejercicio de la actividad, en cuyo caso deberá solicitarse al
presentar la declaración de alta, y surtirá efectos para el periodo impositivo en curso, siempre que a la fecha
del devengo del tributo concurran los requisitos exigidos para su disfrute.
Artículo 10. Reducciones de la cuota.
1. Sobre la cuota tributaria, bonificada en su caso por aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, se
aplicarán las reducciones aprobadas por las tarifas del Impuesto, y en concreto las siguientes:
a) De acuerdo con lo establecido en la nota común primera a la división 6.ª de las tarifas del IAE
aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, cuando en los locales
en que se ejerzan actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, se
realicen obras mayores para las que se requiera la obtención de la correspondiente licencia
urbanística, y tengan una duración superior a tres meses dentro del mismo periodo impositivo,
siempre que por razón de las mismas permanezcan cerrados los locales.
A los efectos del cómputo del tiempo de duración de las obras, no se estimará el transcurrido
por la paralización de las obras por causa imputable al interesado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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