Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03485/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de funcionario denominada Arquitecto por concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Hornachos
Anuncio 3485/2022
Autónoma o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas
correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles, de
tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente
en la solicitud de participación en la convocatoria.
Cuarta.- Instancias y admisión de los aspirantes.
4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo (anexo I), deberán estar debidamente
cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las
base segunda, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias o solicitudes para participar, se
dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2.- A la instancia se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Documento acreditativo de haber abonado los derechos de participación en las pruebas selectivas que se
señalan más adelante, mediante ingreso en cualesquiera de las cuentas de la que es titular el Ayuntamiento
de Hornachos (P0606900I) en las entidades bancarias siguientes: Banco Santander, Ibercaja, Banco Bilbao
Vizcaya, Caja Almendralejo, por el concepto "Derechos de examen plaza Arquitecto".
Estarán exentos de pago de los derechos de examen:
— Quienes se encuentren en situación de desempleo, que acreditarán acompañando a su
solicitud certificado oficial de tal extremo expedido por órgano competente del Servicio Público
de Empleo con un mes de antelación máxima a la fecha de publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
— Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, que acreditarán acompañando a su
solicitud, copia compulsada de certificación del reconocimiento de minusvalía en el grado
indicado del organismo oficial competente en dicha materia.
Los derechos de examen serán devueltos, únicamente previa petición del interesado, en el caso de ser
excluido del proceso selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo. No
procederá la devolución en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
Los derechos de examen se fijan en 30,00 euros.
En ningún caso, el pago por cualquiera de los medios legales utilizados por el aspirante, supondrá sustitución
del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
c) Los documentos fehacientes acreditativos de los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de
concurso, necesariamente originales o fotocopias compulsadas, en relación con los baremos que figuran en el
anexo. El Tribunal decidirá sobre la suficiencia de los documentos para su valoración. Tales documentos se
adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y no justificados
con la documentación correspondiente no serán valorados por el Tribunal. En todo caso, para acreditar la
experiencia profesional, deberá adjuntarse necesariamente Informe de vida laboral expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social. Los períodos de cotización a tener en cuenta para valorar la experiencia
profesional serán exclusivamente los indicados en el citado informe de vida laboral, una vez contrastados con
las certificaciones de servicios prestados, nombramientos y contratos laborales presentados. Para contrastar
los datos del Informe de vida laboral será necesario presentar certificación de los servicios prestados como
empleado público (no personal eventual del artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público) expedida por la entidad pública de que se trate, o nombramientos o contratos de
trabajo, que en cualquier caso y como mínimo, deberán contener la siguiente información: Entidad donde se
prestaron los servicios, fecha de inicio y finalización de éstos; puesto de trabajo, categoría y actividad u
ocupación desarrollada por el trabajador, y relación jurídica que ha mantenido o mantiene con la entidad
pública en el desempeño del mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Autónoma o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas
correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
El órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles, de
tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente
en la solicitud de participación en la convocatoria.
Cuarta.- Instancias y admisión de los aspirantes.
4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo (anexo I), deberán estar debidamente
cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las
base segunda, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias o solicitudes para participar, se
dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2.- A la instancia se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Documento acreditativo de haber abonado los derechos de participación en las pruebas selectivas que se
señalan más adelante, mediante ingreso en cualesquiera de las cuentas de la que es titular el Ayuntamiento
de Hornachos (P0606900I) en las entidades bancarias siguientes: Banco Santander, Ibercaja, Banco Bilbao
Vizcaya, Caja Almendralejo, por el concepto "Derechos de examen plaza Arquitecto".
Estarán exentos de pago de los derechos de examen:
— Quienes se encuentren en situación de desempleo, que acreditarán acompañando a su
solicitud certificado oficial de tal extremo expedido por órgano competente del Servicio Público
de Empleo con un mes de antelación máxima a la fecha de publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
— Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, que acreditarán acompañando a su
solicitud, copia compulsada de certificación del reconocimiento de minusvalía en el grado
indicado del organismo oficial competente en dicha materia.
Los derechos de examen serán devueltos, únicamente previa petición del interesado, en el caso de ser
excluido del proceso selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo. No
procederá la devolución en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
Los derechos de examen se fijan en 30,00 euros.
En ningún caso, el pago por cualquiera de los medios legales utilizados por el aspirante, supondrá sustitución
del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
c) Los documentos fehacientes acreditativos de los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de
concurso, necesariamente originales o fotocopias compulsadas, en relación con los baremos que figuran en el
anexo. El Tribunal decidirá sobre la suficiencia de los documentos para su valoración. Tales documentos se
adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y no justificados
con la documentación correspondiente no serán valorados por el Tribunal. En todo caso, para acreditar la
experiencia profesional, deberá adjuntarse necesariamente Informe de vida laboral expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social. Los períodos de cotización a tener en cuenta para valorar la experiencia
profesional serán exclusivamente los indicados en el citado informe de vida laboral, una vez contrastados con
las certificaciones de servicios prestados, nombramientos y contratos laborales presentados. Para contrastar
los datos del Informe de vida laboral será necesario presentar certificación de los servicios prestados como
empleado público (no personal eventual del artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público) expedida por la entidad pública de que se trate, o nombramientos o contratos de
trabajo, que en cualquier caso y como mínimo, deberán contener la siguiente información: Entidad donde se
prestaron los servicios, fecha de inicio y finalización de éstos; puesto de trabajo, categoría y actividad u
ocupación desarrollada por el trabajador, y relación jurídica que ha mantenido o mantiene con la entidad
pública en el desempeño del mismo.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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