Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (02719/2022)
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos asociativos en Olivenza y pedanías
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio 2719/2022
8. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes para el año en curso será de 30 días hábiles a partir de la fecha de
publicación de la presente convocatoria.
9. Subsanación de defectos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/99, los técnicos competentes del
Ayuntamiento de Olivenza, comprobarán las solicitudes, los datos y la documentación exigida, requiriendo a
los interesados para que en el plazo de 3 días, subsanen los defectos o se acompañen los documentos
preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, previa resolución
dictada a tal efecto.
10. Criterios de valoración.
Las solicitudes presentadas se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, atendiendo a los siguientes
criterios y de acuerdo al siguiente baremo:
Criterios de valoración de las entidades (hasta un máximo de 20 puntos):
Experiencia demostrada de la entidad en la realización actividades similares al proyecto presentado: 0
puntos si no hay experiencia o 2 puntos si hay experiencia.
Número de usuarios/as y/o socios/as:
- 1 punto de 1 a 5 personas.
- 3 punto de 6 a 15 personas.
- 6 puntos de 16 a 25 personas.
- 8 más de 35 personas.
Colaboración con el Ayuntamiento.
- 1 punto si se realiza 1 actividad al año.
- 3 puntos si se realizan hasta 4 actividades al año.
- 5 puntos si se realizan más de 6 actividades al año.
Cooperación entre varias entidades:
- 0 puntos si no hay cooperación entre entidades del municipio.
- 2 puntos si pertenece a redes, Plataformas, Federaciones del tercer sector de
Acción Social.
- 5 puntos si hay cooperación entre entidades de ámbito local.
Y atendiendo a los siguientes criterios:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes para el año en curso será de 30 días hábiles a partir de la fecha de
publicación de la presente convocatoria.
9. Subsanación de defectos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/99, los técnicos competentes del
Ayuntamiento de Olivenza, comprobarán las solicitudes, los datos y la documentación exigida, requiriendo a
los interesados para que en el plazo de 3 días, subsanen los defectos o se acompañen los documentos
preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, previa resolución
dictada a tal efecto.
10. Criterios de valoración.
Las solicitudes presentadas se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, atendiendo a los siguientes
criterios y de acuerdo al siguiente baremo:
Criterios de valoración de las entidades (hasta un máximo de 20 puntos):
Experiencia demostrada de la entidad en la realización actividades similares al proyecto presentado: 0
puntos si no hay experiencia o 2 puntos si hay experiencia.
Número de usuarios/as y/o socios/as:
- 1 punto de 1 a 5 personas.
- 3 punto de 6 a 15 personas.
- 6 puntos de 16 a 25 personas.
- 8 más de 35 personas.
Colaboración con el Ayuntamiento.
- 1 punto si se realiza 1 actividad al año.
- 3 puntos si se realizan hasta 4 actividades al año.
- 5 puntos si se realizan más de 6 actividades al año.
Cooperación entre varias entidades:
- 0 puntos si no hay cooperación entre entidades del municipio.
- 2 puntos si pertenece a redes, Plataformas, Federaciones del tercer sector de
Acción Social.
- 5 puntos si hay cooperación entre entidades de ámbito local.
Y atendiendo a los siguientes criterios:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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