Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín. Recursos Humanos (Badajoz). (01475/2022)
Bases de la convocatoria, mediante concurso oposición libre, para regular el acceso a una plaza de Encargado/a de Mantenimiento y Obras en régimen laboral fijo
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Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín
Anuncio 1475/2022
Una vez terminada la calificación de las aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de personas
aprobadas por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento. Dicha relación se elevará al
Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Se procederá por este Ayuntamiento a un
reconocimiento médico previo a la contratación para la comprobación de su adecuación al puesto de trabajo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, quedando
anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
La Administración se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar
aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Décima. Incidencias.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus integrantes presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
Décima primera. Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los
Derechos Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/ET, el tratamiento de los datos de
carácter personal es necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
A) Información sobre protección de datos.
- Responsable.
Ayuntamiento Puebla de Alcollarín.
Plaza de España, 1.
06717 Puebla de Alcollarín (Badajoz).
924835050 – ayuntamiento@puebladealcollarin.es
- Finalidad del tratamiento:
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación de la convocatoria de las pruebas
selectivas, de conformidad con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, con el fin de analizar la idoneidad de las personas candidatas. No se emplearán los
datos para decisiones automatizadas.
- Legitimación:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
- Personas destinatarias de cesiones o transferencias:
Podrán realizarse las cesiones de sus datos a otras administraciones públicas relacionadas con su solicitud y
las previstas por la ley.
B) Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de Información, Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación,
Portabilidad y Oposición. Puede ejercer sus derechos mediante correo postal, correo electrónico o
dirigiéndose al personal de atención al ciudadano/a. Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Una vez terminada la calificación de las aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de personas
aprobadas por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento. Dicha relación se elevará al
Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Se procederá por este Ayuntamiento a un
reconocimiento médico previo a la contratación para la comprobación de su adecuación al puesto de trabajo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, quedando
anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
La Administración se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar
aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Décima. Incidencias.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus integrantes presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
Décima primera. Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los
Derechos Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/ET, el tratamiento de los datos de
carácter personal es necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
A) Información sobre protección de datos.
- Responsable.
Ayuntamiento Puebla de Alcollarín.
Plaza de España, 1.
06717 Puebla de Alcollarín (Badajoz).
924835050 – ayuntamiento@puebladealcollarin.es
- Finalidad del tratamiento:
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación de la convocatoria de las pruebas
selectivas, de conformidad con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, con el fin de analizar la idoneidad de las personas candidatas. No se emplearán los
datos para decisiones automatizadas.
- Legitimación:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
- Personas destinatarias de cesiones o transferencias:
Podrán realizarse las cesiones de sus datos a otras administraciones públicas relacionadas con su solicitud y
las previstas por la ley.
B) Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de Información, Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación,
Portabilidad y Oposición. Puede ejercer sus derechos mediante correo postal, correo electrónico o
dirigiéndose al personal de atención al ciudadano/a. Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la
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