Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (01447/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Encargado de Obras, mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1447/2022
donde se presente la solicitud. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al
proceso selectivo, suponiendo, únicamente, su no valoración.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán en el Registro
General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá
adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
Sólo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha
en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en
el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 9,02 euros conforme dispone la vigente Ordenanza fiscal
número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. La
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página
web www.almendralejo.es, contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de
exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane
la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin
más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de
reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que
será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
3.º.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, en el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo
de subsanación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, a través de la que se entenderán contestadas las subsanaciones o reclamaciones de
haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los
requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la superación del proceso
selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que
pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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donde se presente la solicitud. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al
proceso selectivo, suponiendo, únicamente, su no valoración.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán en el Registro
General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá
adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
Sólo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha
en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en
el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 9,02 euros conforme dispone la vigente Ordenanza fiscal
número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. La
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página
web www.almendralejo.es, contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de
exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane
la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin
más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de
reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que
será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
3.º.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, en el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo
de subsanación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, a través de la que se entenderán contestadas las subsanaciones o reclamaciones de
haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los
requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la superación del proceso
selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que
pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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