Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Recursos Humanos (Badajoz). (01445/2022)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Al-Qusayr II"
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer

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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
Puebla de Alcocer (Badajoz)
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Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Al-Qusayr II"

Aprobado de manera inicial el Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Al-Qusayr II" por el pleno
municipal en sesión ordinaria de fecha 4 de abril de 2022, se expone al público por plazo de 30 días hábiles mediante
anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios municipal y sede electrónica (dirección:
https://puebladealcocer.sedelectronica.es) a efectos de que los interesados puedan presentar las alegaciones y
reclamaciones que estimen oportunas.
El presente acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo de no producirse reclamaciones contra el mismo durante
el plazo de exposición pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de
Régimen Local, entrando en vigor una vez se haya publicado el texto íntegro del Reglamento de régimen interno del
Proyecto Colaborativo Rural Al-Qusayr II en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el
artículo 65.2, según el artículo 70.2 de referida Ley.
En Puebla de Alcocer, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Moreno Delgado.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROYECTO COLABORATIVO RURAL "AL- QUSAYR II" PROMOVIDO POR EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE ALCOCER
Con la aceptación de este documento, se pretende conseguir la interiorización de unas normas básicas de convivencia que
garanticen el ejercicio pleno de los derechos de quienes integran el proyecto y siempre como norma supletoria y aclaratoria
de las normas que integran la jurisdicción laboral.
El Reglamento de régimen interno será de aplicación a todo el personal directivo y docente, y al alumnado-trabajador, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula estos programas, el Estatuto de los Trabajadores, los
convenios colectivos suscritos por las entidades promotoras y demás legislación aplicable.
La adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proyecto posibilita el eficaz funcionamiento del
programa para poder cumplir los objetivos del proyecto.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente reglamento son de orden interno y serán de aplicación a los trabajadores del Programa
Colaborativo Rural de Puebla de Alcocer, "Al- Quasyr II", cuya entidad promotora es el Ayuntamiento de Puebla de Alcocer, y
durante el tiempo que éstos estén contratados al amparo del programa.
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del programa/proyecto corresponderá a dos niveles:
- Nivel institucional. La máxima responsabilidad institucional del programa/proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Puebla de Alcocer, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el
Servicio Extremeño Público de Empleo, o en su caso, con la correspondiente entidad gestora de la subvención
concedida para la puesta en marcha del programa, en los términos que marca la legislación y la normativa
vigente establecida al efecto.
- Nivel interno. La organización interna del programa se asentará en su equipo formado por Coordinador/a
Técnico/a tutor/a y Docente, entendido este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con
la existencia de un delegado/a y un subdelegado/a de alumnos/as.
Artículo 3.- Organización operativa.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que lo componen, sin
perjuicio de la acumulación de funciones o de la estructura específica que, en su caso, se establezca para un programa
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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