Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00617/2022)
Extracto de las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a empresas del municipio de Villanueva de la Serena para apoyar la contratación en el Régimen General de la Seguridad Social en la anualidad 2022
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 617/2022

- Estar en situación de desempleo e inscritas como demandantes en el Servicio Público de
Empleo, y que no hayan estado vinculadas a la empresa objeto de subvención como mínimo
tres meses antes de la contratación.
4.3. Exclusiones.
No serán objeto de subvención:
- Las contrataciones iniciales que se deriven de una sucesión en la titularidad de la empresa o
cambio en la forma jurídica de esta.
- Las contrataciones que afecten a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes,
por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive, del empresariado, y sus
análogas en caso de parejas de hecho, o, en su caso, de quienes ostenten cargos de dirección o
sean miembros de los órganos de administración de las empresas.
- La contratación por la misma empresa de un mismo trabajador si ha sido subvencionada en
convocatorias anteriores.
- Las contrataciones que afecten a personas que tengan o hayan tenido durante el año previo a
la contratación participaciones en las sociedades que solicitan la ayuda.
- Quienes no se encuentren al corriente de sus obligaciones de justificación de subvenciones de
ejercicios anteriores con el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. La concurrencia de esta
circunstancia se comprobará directamente por el Ayuntamiento en la fase de instrucción del
procedimiento de concesión.
- Las empresas públicas y otros entes públicos, sociedades anónimas, el personal autónomo
colaborador, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de
lucro.
- Las empresas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el
artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Las Administraciones Públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculadas o
dependientes de cualquiera de ellas.
- Las empresas de trabajo temporal, en cuanto a la contratación de trabajadores para cederlos
temporalmente a otra empresa.
- Las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo 2.1 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre.

Segundo. Objeto y finalidad.
Las medidas extraordinarias establecidas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 han
supuesto un duro golpe al sistema productivo y económico de la ciudad, por lo que es objeto de las presentes bases regular
la concesión directa de ayudas dirigidas a fomentar y facilitar la contratación en el régimen general en el municipio de
Villanueva de la Serena.
Su finalidad es paliar, en la medida de las posibilidades de este Ayuntamiento, la situación actual de desempleo,
estimulando la creación de empleo como medida de fomento y promoción del mismo, contribuyendo al desarrollo de la
actividad empresarial y apoyando a las empresas del municipio.
Tercero. Bases reguladoras.
La concesión de las ayudas se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y, en lo no previsto en las mismas, serán de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ordenanza general de
subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, aprobada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de
mayo de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 152, de 10 de agosto siguiente; y las bases de ejecución del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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