Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00630/2022)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social
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Delegación de Bienestar Social

Anuncio 630/2022

En caso de estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones anteriores, hallarse al corriente de pago de
las obligaciones por reintegro derivadas del mismo.
En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de
beneficiario, se considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente en
el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración
concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo. Asimismo, se considerará que los
beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de las obligaciones por
reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la
suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y la Diputación Provincial, y con las
obligaciones para con la Seguridad Social, y no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvenciones.
Base 4: Solicitudes
El plazo para presentar la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al
Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz, Delegación de Bienestar Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de medios electrónicos,
mediante la presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes
bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/, podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los
días del plazo establecido.
Las solicitudes electrónicas, mencionadas en el apartado anterior, deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19, de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas autenticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica con
la que se firma la solicitud
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado/a la exhibición del documento o de
la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con la Seguridad
Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I) firmada por el representante legal de la entidad.
2. Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
3. Copia del CIF de la entidad.
4. Copia de los estatutos de la entidad en los que se señale claramente tener entre sus fines la realización de proyectos
de acción social, según los criterios y objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Corporación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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