Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00630/2022)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social
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Delegación de Bienestar Social

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Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Diputado-Delegado de Bienestar Social, por Decreto del Presidente, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento, El Presidente. P.D. El Diputado-Delegado de Bienestar Social. Fdo: Abel González Ramiro (Decreto
11/01/2021, BOE 12/1/2021).
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ,
DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO CON SEDE O DELEGACIÓN PERMANENTE EN LA
PROVINCIA DE BADAJOZ QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO 2022.
INTRODUCCIÓN:
La Constitución Española encomienda a los poderes públicos "promover las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en los que integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que dificultan su plenitud y
facilitar la participación de todos los individuos en la vida política, económica, cultural o social".
Asimismo, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación en su articulo 31) establece que
"Las administraciones publicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán y facilitaran el desarrollo de las
asociaciones y federaciones, confederaciones y uniones que persigan finalidades de interés general, respetando siempre la
libertad y autonomía frente a los poderes públicos".
Consecuentemente, esta Corporación mantiene su compromiso social con la Entidades del Tercer Sector de Acción Social,
con el voluntariado de la provincia de Badajoz y con la Agenda 2030, tal y como se determina en el "Plan Estratégico de
Subvenciones para el ejercicio 2022" (BOP n.º 245, de 27 de diciembre de 2021) desarrollando actuaciones vinculadas a la
reducción de las desigualdades (ODS 10) financiando proyectos y programas que apoyan la lucha contra la desigualdad en
materia de inclusión social y laboral, así como actuaciones en el ámbito físico, de personas con discapacidad; también de
lucha contra la exclusión de personas de raza gitana o colectivos que requieren especial atención en los municipios rurales
para evitar el despoblamiento , como los y las jóvenes de nuestra provincia.
En razón de lo expuesto, la Diputación de Badajoz, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el articulo 36) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción tras la modificación por la ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y, de conformidad, con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta Corporación (BOP 9-2-2007) y, con las líneas de actuación
contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación para el ejercicio económico 2022, (BOP 27-12-2021),
la Delegación de Bienestar Social ha establecido unas líneas generales para el fomento, promoción, coordinación y
realización de proyectos de acción social para desarrollar por las asociaciones sin animo de lucro de la Provincia de Badajoz
que, realicen actividades de interés general y den respuesta a las necesidades sociales y se ejecuten bajo los principios de
coordinación y complementariedad con las administraciones públicas.
Base 1: Objeto y líneas de actuación.
A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas especificas en el marco de la ordenanza general de
subvenciones y del Plan Estratégico de subvenciones de esta Corporación para regular el acceso a subvenciones públicas, en
régimen de concurrencia competitiva, de aquellas asociaciones y fundaciones cuya finalidad sea la ejecución de proyectos
de Acción Social, como proyectos de exclusión social, con personas con discapacidad, atención a las drogodependencias,
voluntariado, promoción de la salud mental, acciones con población reclusa, inmigración, etnias; en definitiva aquellos
colectivos que presenten especiales características y dificultades para la plena integración social, y cuyo objeto sea la lucha
contra la exclusión y la mejora de la calidad de vida de los beneficiarios y la inclusión social, durante todo el ejercicio
económico 2022.
El objetivo de esta convocatoria es apoyar la financiación de las actuaciones siguientes:
1.- Proyectos que respondan a las necesidades de autonomía personal, integración, empleo, inclusión, participación y
cohesión social, convivencia adecuada y necesidades básicas.
2.- Los proyectos deberán atender situaciones de necesidad social mediante alguna de las siguientes intervenciones
sociales:
A) Proyectos que desarrollen acciones en el campo de las personas con discapacidad física, psíquica y
sensorial congénita o sobrevenida o como consecuencia de enfermedades invalidantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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