Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (00552/2022)
Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Municipal de las Mujeres de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 552/2022

El Pleno del Consejo podrá acordar la creación de equipos de trabajo a los que se les encomendará estudios, informes o
propuestas específicas, en el marco de las funciones del Consejo Sectorial de la Mujer.
Estos equipos podrán contar con la asistencia de personas técnicas expertas en enfoque de género, ajenas al Consejo a
efectos de asesoramiento. Así mismo, se podrá contar con la presencia del Concejal o de la Concejala del área a la que
afecte el informe o estudio objeto del equipo de trabajo.
Los equipos de trabajo deberán emitir sus informes, estudios o propuestas en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá
ser ampliado, en el acuerdo de creación del equipo de trabajo, cuando las características del tema a tratar, por su
complejidad o extensión, así lo requiera.
CAPÍTULO IV. DISOLUCIÓN DEL CONSEJO
Artículo 15. Disolución del Consejo.
El Consejo se disolverá por los siguientes motivos:
a) Por decisión del Pleno del Ayuntamiento de Badajoz.
b) Por orden judicial firme.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
El presente Reglamento regula la organización y funcionamiento del Consejo Municipal de las Mujeres de Badajoz y, en lo no
previsto en el mismo, se estará a lo dispuesto en las demás normas sobre régimen jurídico y de procedimiento de órganos
colegiados de aplicación a la Administración Local.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento, tras su aprobación definitiva, entrará en vigor una vez efectuada su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
En Badajoz, a 17 de febrero de 2022.- El Alcalde, Ignacio Grajera Barrera.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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