Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00530/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, una plaza de Ingeniero Técnico Agrícola del Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 530/2022

eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas.
3. El segundo ejercicio será valorado por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a las distintas
partes o preguntas del ejercicio por los miembros del Tribunal. En el supuesto que alguna de las puntuaciones
otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas estas y se
volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Para considerar aprobado el ejercicio será
necesario obtener una puntuación de, al menos, 5 puntos.
4. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran
superado la misma y con expresión de la puntuación obtenida. Simultáneamente, el Tribunal de Selección
anunciará la apertura del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los
méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la base séptima.
5. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto
para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado la fase anterior, con la puntuación
obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 5 días hábiles para
efectuar reclamaciones ante el mismo.
6. La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de
empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún
persistiese, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y, por último, si aún persistiese dicho
empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios que
integran la convocatoria.
Décima.- Resolución de la convocatoria.
1. Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como funcionario o
funcionaria en prácticas en la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se
podrá proponer el acceso a la condición de funcionario o funcionaria de carrera de un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
2. Las personas seleccionadas deberán presentar en el Servicio de Recursos del Ayuntamiento de Badajoz,
dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación
de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la
Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del
nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a
su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales
de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación
equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los
mismos términos, el acceso a la función pública.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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