Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00517/2022)
Bases para la selección por concurso-oposición de un Auxiliar Administrativo en régimen de funcionario interino
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Ayuntamiento de Llera

Anuncio 517/2022

- Primero: Por la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio del tipo test.
- Segundo: En caso de persistir el empate, por la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio
(Supuestos prácticos).
- Tercero: Si aún persiste, el empate se resolverá por sorteo.
Séptima. Relación de aprobados. Presentación de documentos y nombramiento.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación (precisándose que el
número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia
de la Corporación, siendo publicada dicha relación en la sede electrónica del Ayuntamiento, debiendo el aspirante
propuesto acreditar, en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos quedarán
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la
instancia. En tal supuesto, la Presidenta de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente
aspirante, según el orden de puntuación.
De igual forma se procederá en caso de renuncia, o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de
aspirantes que hayan superado las pruebas, con el orden de las puntuaciones totales obtenidas funcionará como bolsa de
trabajo.
Octava. Dudas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen
funcionamiento de la oposición.
Novena. Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras
contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes en este puesto, debidas a cualquier tipo de baja o
excedencia, ordenadas según la puntuación obtenida.
La renuncia al puesto supondrá la exclusión en la lista.
Décima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con
carácter supletorio.
Undécima. Finalización de la relación de interinidad.
La Administración formalizará de oficio la finalización de la relación de interinidad por cualquiera de las siguientes causas,
además de por las previstas en el artículo 63 del texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin
derecho a compensación alguna:
a) Por la cobertura reglada del puesto por personal funcionario de carrera a través de cualquiera de los
procedimientos legalmente establecidos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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