Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00029/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2022
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Delegación de Economía y Hacienda

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correspondientes créditos.
Una vez sea Intervenido por el órgano de control, que podrá realizarse mediante diligencia, se contabilizara ADO por la
intervención.
- Las procedentes del reconocimiento extrajudicial de deudas respecto a obligaciones procedentes de
ejercicios anteriores.
Los gastos correspondientes a adquisiciones, obras o servicios realizados en otros ejercicios, que no se puedan incluir en los
supuestos anteriores, se tramitarán mediante un expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos, conforme se
determina en el Reglamento de Control Interno del Sector Público Provincial de la Diputación de Badajoz (RCISPP).
Base 23ª. Fases de la de gestión del presupuesto gastos.
1. La gestión de los presupuestos de gastos de la entidad y los Organismos Autónomos de ella dependientes, se realizará a
través de las siguientes fases:
a) Autorización del gasto.
b) Disposición o compromiso del gasto.
c) Reconocimiento y liquidación de la obligación.
d) Ordenación del pago.
2. No obstante, atendiendo a criterios de economía, agilidad administrativa y la naturaleza de los gastos se establece la
acumulación de varias fases de ejecución del presupuesto en un solo acto administrativo, produciendo, el acto
administrativo que las acumule, los mismos efectos que si se acordaren en actos administrativos separados. Pueden darse,
exclusivamente, los siguientes supuestos:
a) Autorización-Disposición.
b) Autorización-Disposición-Reconocimiento de Obligación.
En este caso, el Órgano o Autoridad que adopte el acuerdo, deberá tener competencia para acordar todas y
cada una de las fases que en aquel se incluyan.
Podrán acumularse en un solo acto, AD o ADO, según el acto y en particular:
1. Los que se efectúen a través de "Anticipo de Caja Fija" y a los de "A Justificar"
2. Los de retribuciones de los Miembros de la Corporación y del Personal de toda clase, así como dietas, gastos de
locomoción, e indemnizaciones asistenciales, y en especial en lo referente a las gratificaciones u horas extras del
personal, cuya fiscalización podrá realizarse de manera acumulada en la fase
3. Intereses y otros gastos financieros.
4. Los gastos derivados de ejecución de Sentencias firmes.
5. Anticipos reintegrables a funcionarios.
6. Cargas por Servicios del Estado, y gastos que vengan impuestos por la Legislación Estatal o Autonómica.
7. Alquileres, Primas de Seguros contratados y atenciones fijas en general, cuando su abono sea consecuencia de
contrato debidamente aprobado.
8. Cuotas Seguridad Social, mejoras graciables y demás atenciones de asistencia social y personal.
9. Gastos derivados de comisiones de servicios.
10. Precios públicos, contribuciones especiales, tasas locales, autonómicas o nacionales.
11. Expropiaciones.
12. En general, la adquisición de bienes concretos y demás gastos no sujetos a procedimiento de contratación ni a
fiscalización previa, tales como:
1. Alimentos de la Residencia Hernán Cortés que se hayan quedado desiertos en el concurso correspondiente.
2. Suministros de energía o combustible que por razones justificadas hayan quedado fuera del concurso
correspondiente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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