Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (00012/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo de Participación Ciudadana de Vivares
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Ayuntamiento de Vivares
Anuncio 12/2022
Artículo 59. Voluntariado.
El Ayuntamiento adoptará medidas para fomentar y promover el voluntariado organizado a través de entidades asociativas.
Disposición final única. Entrada en vigor y naturaleza orgánica del Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor de acuerdo con lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la LRBRL, una vez
transcurrido el plazo de quince días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y se considerará a
todos los efectos, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 bis.1 de la LRBRL, parte integrante del reglamento Orgánico de
este Ayuntamiento.
Vivares, a 3 de enero de 2022.- El Alcalde, Jairo Pino Mendoza.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Artículo 59. Voluntariado.
El Ayuntamiento adoptará medidas para fomentar y promover el voluntariado organizado a través de entidades asociativas.
Disposición final única. Entrada en vigor y naturaleza orgánica del Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor de acuerdo con lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la LRBRL, una vez
transcurrido el plazo de quince días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y se considerará a
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Vivares, a 3 de enero de 2022.- El Alcalde, Jairo Pino Mendoza.
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