Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz". (05699/2022)
Convocatoria de proceso selectivo para la provisión de una plaza de Psicólogo (oferta de empleo público de 2021)
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Anuncio 5699/2021
partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrá ser contratado y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el
proceso selectivo. En estos casos, se contratará al aspirante que, habiendo superado la totalidad de los
ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos convocado, a consecuencia de la referida
anulación.
Quienes tuvieran la condición de funcionario público o personal laboral fijo de una Administración Pública
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u
organismo de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por el interesado y siendo esta conforme, se dictará resolución
autorizando su contratación como personal laboral fijo, con la categoría de psicólogo. Dicha resolución se
publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.2. El aspirante contratado deberá incorporarse a su puesto de trabajo en el plazo máximo de quince días.
Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, asimismo,
que renuncia al mismo.
10.3. En el indicado plazo, si procede, la persona contratada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que viniera desempeñando.
Undécima. Datos de carácter personal.
La participación en este proceso selectivo implica el consentimiento de los interesados para que sus datos
personales sean publicados, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser publicados serán el nombre,
apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de los aspirantes.
Duodécima. Recursos.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la
actuación del Tribunal Calificador se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y la
forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Decimotercera. Disposiciones finales.
1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones,
criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
2. En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de
sexos.
_______________
ANEXO I
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 14
Anuncio 5699/2021
partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrá ser contratado y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el
proceso selectivo. En estos casos, se contratará al aspirante que, habiendo superado la totalidad de los
ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos convocado, a consecuencia de la referida
anulación.
Quienes tuvieran la condición de funcionario público o personal laboral fijo de una Administración Pública
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u
organismo de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por el interesado y siendo esta conforme, se dictará resolución
autorizando su contratación como personal laboral fijo, con la categoría de psicólogo. Dicha resolución se
publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.2. El aspirante contratado deberá incorporarse a su puesto de trabajo en el plazo máximo de quince días.
Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, asimismo,
que renuncia al mismo.
10.3. En el indicado plazo, si procede, la persona contratada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo
10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que viniera desempeñando.
Undécima. Datos de carácter personal.
La participación en este proceso selectivo implica el consentimiento de los interesados para que sus datos
personales sean publicados, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser publicados serán el nombre,
apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de los aspirantes.
Duodécima. Recursos.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la
actuación del Tribunal Calificador se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y la
forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Decimotercera. Disposiciones finales.
1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones,
criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
2. En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de
sexos.
_______________
ANEXO I
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 14