Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05653/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día de Alzheimer de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 5653/2021
Estos plazos serán contados a partir del cumplimiento de la sanción.
DISPOSICIONES FINALES.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de este reglamento se ha utilizado el
género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
El presente Reglamento entrará en vigor cuando se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la
Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, tal y como dispone el artículo 70.2 de dicha norma.
De conformidad con lo establecido en los artículos 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la aprobación definitiva del Reglamento pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse
contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Villanueva de la Serena, 27 de diciembre de 2021.- El Alcalde, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Estos plazos serán contados a partir del cumplimiento de la sanción.
DISPOSICIONES FINALES.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de este reglamento se ha utilizado el
género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
El presente Reglamento entrará en vigor cuando se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la
Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, tal y como dispone el artículo 70.2 de dicha norma.
De conformidad con lo establecido en los artículos 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la aprobación definitiva del Reglamento pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse
contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Villanueva de la Serena, 27 de diciembre de 2021.- El Alcalde, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
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www.dip-badajoz.es/bop
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