Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05653/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro de día de Alzheimer de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 5653/2021

complejidad, será convocada por el director del centro una Asamblea General, que tendrá como orden del día la
problemática planteada.
Las reclamaciones, quejas y sugerencias se efectuarán en hojas-tipo que el centro habilitará y pondrá a disposición de los
familiares.
El centro dispondrá de unos folletos donde los familiares redactarán sus sugerencias, las cuales serán debatidas en la
asamblea.
H. INFRACCIONES Y SANCIONES.
H.1. DE LAS INFRACCIONES.
Las actuaciones anómalas de los usuarios en el centro serán recogidas diariamente en el libro de incidencias habilitado para
tal fin, con indicación de algún testigo de los hechos, si lo hubiera.
◦ Infracciones leves.
1) Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo, creando en el centro situaciones de malestar.
2) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del centro o perturbar las actividades del mismo.
3) Promover y participar en altercados, riñas, peleas de cualquier tipo, con usuarios y /o personal del centro,
siempre que no deriven daños graves a terceros.
4) Faltar al respeto a otros usuarios o al personal del centro.
◦ Infracciones graves.
1) La reiteración de tres faltas leves.
2) El deterioro intencionado de las instalaciones o enseres del centro.
3) La sustracción de objetos propiedad de uno de los usuarios, de los trabajadores o del centro.
4) No comunicar la ausencia del centro cuando tenga una duración superior a 24 horas e inferior a 4 días.
5) La demora injustificada de 1 mes en el pago de la estancia.
6) Utilizar aparatos o herramientas no autorizadas en el centro.
7) Falsear u ocultar datos en relación con el disfrute de cualquier prestación o servicio.
◦ Infracciones muy graves.
1) La reiteración de tres faltas graves.
2) La agresión física o malos tratos graves a otros usuarios o personal del centro.
3) La embriaguez habitual, siempre que deteriore la normal convivencia en el centro.
4) La demora injustificada de 2 meses en el pago de las cuotas.
5) No comunicar las ausencias del centro cuando sean superiores a 4 días.
6) Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos inexactos y relevantes en relación con la condición de
usuario.
H.2. DE LAS SANCIONES.
Sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar, las sanciones que se podrán imponer a los usuarios que
incurran en algunas de las faltas mencionadas en el apartado anterior son las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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