Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05662/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de protección de datos
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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establecidos para ello.
Verificar su efectividad.
Anualmente (o con menor periodicidad, si existen circunstancias que así lo aconsejen), el Delegado de Protección de Datos,
revisará el presente Procedimiento, que se someterá, de haber modificaciones, a la aprobación por el Pleno.
La revisión se orientará tanto a la identificación de oportunidades de mejora en el cumplimiento de la normativa sobre
protección de datos, como a la adaptación a los cambios habidos en el marco legal, infraestructura tecnológica, organización
general, etc.
Será el Delegado de Protección de Datos la persona encargada de la custodia y divulgación de la versión aprobada de este
documento.
5. REFERENCIAS
En la redacción del presente documento, se ha tenido en cuenta el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
También se ha tenido en cuenta la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
6. CONCEPTOS BÁSICOS
6.1. Derecho de acceso
Es el derecho de cualquier persona a obtener del Ayuntamiento, confirmación de si se están tratando o no sus datos
personales y, en caso afirmativo, derecho a acceder a dichos datos personales y a la siguiente información:
Los fines del tratamiento, las categorías de datos personales que se tratan y las posibles comunicaciones de datos,
así como sus destinatarios.
De ser posible, el plazo de conservación de sus datos. De no serlo, los criterios para determinar este plazo.
La existencia del derecho a solicitar la rectificación o supresión de los datos, la limitación al tratamiento u oposición
al mismo.
El derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control, es decir, a la Agencia Española de Protección de
Datos,
Si se produce una transferencia internacional de datos, recibir información de las garantías adecuadas.
De la existencia de decisiones automatizadas (incluyendo perfiles), la lógica aplicada y consecuencias de este
tratamiento.
6.2. Derecho de rectificación
Es aquel que permite a cualquier persona la modificación de datos inexactos o incompletos que el conciernen, a fin de que
el tratamiento refleje de forma fiel la realidad.
6.3. Derecho de supresión ("Derecho al olvido")
Es aquel que permite a la persona a exigir al Ayuntamiento la supresión de sus datos personales cuando concurra alguna de
las siguientes circunstancias:
Sus datos personales ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos.
La persona retira su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales y éste no se base en otra base legal
que lo legitime.
La persona se opone al tratamiento y no prevalecen otros motivos legítimos para el tratamiento.
Sus datos personales han sido tratados ilícitamente.
Sus datos personales deben suprimirse para el cumplimiento, en su caso, de una obligación legal que sea aplicable al
Ayuntamiento.
Sus datos personales se han obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información
mencionados en el artículo 8.1 del RGPD.
6.4. Derecho a la limitación del tratamiento
Permite a la persona solicitar al Ayuntamiento que suspenda el tratamiento de sus datos personales cuando:
Haya impugnado la exactitud de sus datos, mientras se verifica dicha exactitud por el Ayuntamiento.
Haya ejercitado su derecho de oposición al tratamiento de datos, mientras se verifica si prevalecen los motivos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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