Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05662/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de protección de datos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 5662/2021
11.5 Modelo de respuesta cuando no se disponen de datos de la persona solicitante en el
Ayuntamiento
11.6 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de acceso
11.7 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de rectificación/supresión
11.8 Modelo de comunicación al destinatario de derechos rectificados
11.9 Modelo de comunicación al destinatario de datos suprimidos
11.10 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de limitación/oposición
11.11 Modelo de comunicación al destinatario de tratamientos limitados
11.12 Modelo de respuesta: Concesión del derecho a no ser objeto de decisiones individuales
11.13 Modelo de respuesta: Denegación de la solicitud de derechos
1.- OBJETIVO
El objetivo del presente documento es la definición del Procedimiento para el ejercicio de los derechos, cumpliendo, así, con
lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en lo relativo a los derechos de los interesados,
regulados en el Capítulo III.
Para ello, se establecen las acciones a seguir y los criterios a tener en consideración para garantizar el ejercicio de los
derechos de los afectados especificando, además, los documentos que en cada trámite debe utilizar el personal del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en adelante el Ayuntamiento, encargado de la tramitación de las solicitudes de
derechos.
El derecho a la portabilidad de datos indicada en el artículo 20 del RGPD, por la propia naturaleza de los tratamientos no es
de aplicabilidad.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Procedimiento es de aplicación y de obligado cumplimiento para todo el personal del Ayuntamiento y, sobre todo, para
aquellas áreas implicadas en el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, así como para la figura del
Delegado de Protección de Datos, nombrado para el asesoramiento y la vigilancia del cumplimiento de la normativa de
protección de datos. Es de aplicación asimismo, al personal que, de manera permanente o eventual, presta sus servicios. Se
incluye el personal de organizaciones externas, cuando sean usuarios o posean acceso a los datos de carácter personal del
Ayuntamiento.
En el ámbito del presente procedimiento, se entiende por usuario cualquier empleado público perteneciente o ajeno al
Ayuntamiento, así como personal de organizaciones privadas externas, entidades colaboradoras o cualquier otro con algún
tipo de vinculación con el Ayuntamiento y que utilice o posea acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del
mismo.
3. VIGENCIA
El presente Procedimiento es efectiva desde la fecha de resolución aprobatoria por el Pleno del Ayuntamiento, sin perjuicio
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor, hasta que sea reemplazado por una nueva
norma.
La aprobación de este Procedimiento supone la derogación de cualquier otra que existiera a nivel del Ayuntamiento.
Cualquier modificación posterior que pueda realizarse sobre este Procedimiento entrará en vigor inmediatamente después
de su publicación por parte del Ayuntamiento.
4. REVISIÓN Y EVALUACIÓN
La gestión de este procedimiento corresponde al Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento, que es competente
para:
Interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Proceder a su revisión, cuando sea necesario para actualizar su contenido o se cumplan los plazos máximos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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11.6 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de acceso
11.7 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de rectificación/supresión
11.8 Modelo de comunicación al destinatario de derechos rectificados
11.9 Modelo de comunicación al destinatario de datos suprimidos
11.10 Modelo de respuesta: Concesión del derecho de limitación/oposición
11.11 Modelo de comunicación al destinatario de tratamientos limitados
11.12 Modelo de respuesta: Concesión del derecho a no ser objeto de decisiones individuales
11.13 Modelo de respuesta: Denegación de la solicitud de derechos
1.- OBJETIVO
El objetivo del presente documento es la definición del Procedimiento para el ejercicio de los derechos, cumpliendo, así, con
lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en lo relativo a los derechos de los interesados,
regulados en el Capítulo III.
Para ello, se establecen las acciones a seguir y los criterios a tener en consideración para garantizar el ejercicio de los
derechos de los afectados especificando, además, los documentos que en cada trámite debe utilizar el personal del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en adelante el Ayuntamiento, encargado de la tramitación de las solicitudes de
derechos.
El derecho a la portabilidad de datos indicada en el artículo 20 del RGPD, por la propia naturaleza de los tratamientos no es
de aplicabilidad.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Procedimiento es de aplicación y de obligado cumplimiento para todo el personal del Ayuntamiento y, sobre todo, para
aquellas áreas implicadas en el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, así como para la figura del
Delegado de Protección de Datos, nombrado para el asesoramiento y la vigilancia del cumplimiento de la normativa de
protección de datos. Es de aplicación asimismo, al personal que, de manera permanente o eventual, presta sus servicios. Se
incluye el personal de organizaciones externas, cuando sean usuarios o posean acceso a los datos de carácter personal del
Ayuntamiento.
En el ámbito del presente procedimiento, se entiende por usuario cualquier empleado público perteneciente o ajeno al
Ayuntamiento, así como personal de organizaciones privadas externas, entidades colaboradoras o cualquier otro con algún
tipo de vinculación con el Ayuntamiento y que utilice o posea acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del
mismo.
3. VIGENCIA
El presente Procedimiento es efectiva desde la fecha de resolución aprobatoria por el Pleno del Ayuntamiento, sin perjuicio
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor, hasta que sea reemplazado por una nueva
norma.
La aprobación de este Procedimiento supone la derogación de cualquier otra que existiera a nivel del Ayuntamiento.
Cualquier modificación posterior que pueda realizarse sobre este Procedimiento entrará en vigor inmediatamente después
de su publicación por parte del Ayuntamiento.
4. REVISIÓN Y EVALUACIÓN
La gestión de este procedimiento corresponde al Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento, que es competente
para:
Interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Proceder a su revisión, cuando sea necesario para actualizar su contenido o se cumplan los plazos máximos
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