Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvaleón. Área de Fomento (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05649/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interior del hogar club con pisos tutelados de titularidad municipal de Salvaleón
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Ayuntamiento de Salvaleón
Anuncio 5649/2021
b) Las sanciones por infracciones graves y muy graves por la Comisión Directiva del Centro
serán impuestas por, mediante el correspondiente expediente contradictorio, comunicándose
al usuario los correspondientes recursos contra la sanción propuesta, al objeto de su posible
recurso administrativo o contencioso-administrativo.
c) En los casos de riesgo inmediato para la integridad física de los usuarios o personal del
centro, el responsable del mismo adoptará las medidas cautelares que considere oportunas,
comunicándolo inmediatamente a la Comisión Directiva del Centro.
D.- Prescripción de infracciones.
Las infracciones leves prescribirán a los dos meses.
Las infracciones graves prescribirán a los cuatro meses.
Las infracciones muy graves prescribirán a los seis meses.
El plazo de inicio de la prescripción empezará a contar desde el día en que se hubiesen cometido.
El plazo de la prescripción se interrumpe cuando el usuario reciba comunicación de la incoación del
expediente disciplinario y el nombramiento de un Instructor.
En el caso de la paralización del expediente por causas ajenas a la voluntad del expedientado, y transcurrido
un periodo de 60 días sin reanudarse, seguirá contando el plazo para la prescripción.
E.- De la cancelación de las sanciones.
En el caso de la firmeza de las sanciones impuestas, y una vez anotado en su expediente personal, se
cancelarán de oficio o por petición del usuario, una vez transcurrido los siguientes plazos:
a) En las sanciones por infracciones leves, dos meses.
b) En las sanciones por infracciones graves, cuatro meses.
c) En las sanciones por infracciones muy graves, seis meses.
Estos plazos serán contados a partir del cumplimiento de la sanción.
Los sancionados por faltas graves o muy graves no podrán participar como elegibles en los procesos electorales que se
celebren en el centro mientras que no quede cancelada la anotación a la cual se refiere en el párrafo anterior.
Salvaleón, a 27 de diciembre de 2021.- La Alcaldesa, Sandra Narciso García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Las sanciones por infracciones graves y muy graves por la Comisión Directiva del Centro
serán impuestas por, mediante el correspondiente expediente contradictorio, comunicándose
al usuario los correspondientes recursos contra la sanción propuesta, al objeto de su posible
recurso administrativo o contencioso-administrativo.
c) En los casos de riesgo inmediato para la integridad física de los usuarios o personal del
centro, el responsable del mismo adoptará las medidas cautelares que considere oportunas,
comunicándolo inmediatamente a la Comisión Directiva del Centro.
D.- Prescripción de infracciones.
Las infracciones leves prescribirán a los dos meses.
Las infracciones graves prescribirán a los cuatro meses.
Las infracciones muy graves prescribirán a los seis meses.
El plazo de inicio de la prescripción empezará a contar desde el día en que se hubiesen cometido.
El plazo de la prescripción se interrumpe cuando el usuario reciba comunicación de la incoación del
expediente disciplinario y el nombramiento de un Instructor.
En el caso de la paralización del expediente por causas ajenas a la voluntad del expedientado, y transcurrido
un periodo de 60 días sin reanudarse, seguirá contando el plazo para la prescripción.
E.- De la cancelación de las sanciones.
En el caso de la firmeza de las sanciones impuestas, y una vez anotado en su expediente personal, se
cancelarán de oficio o por petición del usuario, una vez transcurrido los siguientes plazos:
a) En las sanciones por infracciones leves, dos meses.
b) En las sanciones por infracciones graves, cuatro meses.
c) En las sanciones por infracciones muy graves, seis meses.
Estos plazos serán contados a partir del cumplimiento de la sanción.
Los sancionados por faltas graves o muy graves no podrán participar como elegibles en los procesos electorales que se
celebren en el centro mientras que no quede cancelada la anotación a la cual se refiere en el párrafo anterior.
Salvaleón, a 27 de diciembre de 2021.- La Alcaldesa, Sandra Narciso García.
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