Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05550/2021)
Aprobación de trece cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 5550/2021
A comunicarse con el OAR, a través de la dirección de la Sede Electrónica (https://sede.dip-badajoz.es) ,
punto de acceso general de la Diputación Provincial de Badajoz
A ser asistidos en el uso de medios Electrónicos en sus relaciones con el OAR.
Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013 de
9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y en el resto del
Ordenamiento Jurídico.
A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en la
Ordenanza General del OAR.
A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la Seguridad y confidencialidad de los
datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las administraciones públicas.
Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
11. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS
Las persones y entidades usuarias de los Servicios prestados por el OAR podrán presentar sus quejas y reclamaciones sobre
el funcionamiento del Servicios, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo
al
siguiente
enlace
sin
firma
electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?error=-1&ent_id=3&idioma=1y con firma electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las dependencias del OAR o presentado en la Oficina de Atención a
la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: oargerente@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente
en
la
Intranet
Corporativa
(https://sede.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?ent_id=10&idioma=1)o en el Portal del Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que el OAR ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
12. NORMATIVA REGULADORA. REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS
> Normativa general
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de Gestión e Inspección tributaria.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto Legislativa 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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punto de acceso general de la Diputación Provincial de Badajoz
A ser asistidos en el uso de medios Electrónicos en sus relaciones con el OAR.
Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013 de
9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y en el resto del
Ordenamiento Jurídico.
A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en la
Ordenanza General del OAR.
A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la Seguridad y confidencialidad de los
datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las administraciones públicas.
Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
11. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS
Las persones y entidades usuarias de los Servicios prestados por el OAR podrán presentar sus quejas y reclamaciones sobre
el funcionamiento del Servicios, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo
al
siguiente
enlace
sin
firma
electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?error=-1&ent_id=3&idioma=1y con firma electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las dependencias del OAR o presentado en la Oficina de Atención a
la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: oargerente@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente
en
la
Intranet
Corporativa
(https://sede.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?ent_id=10&idioma=1)o en el Portal del Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que el OAR ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
12. NORMATIVA REGULADORA. REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS
> Normativa general
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de Gestión e Inspección tributaria.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto Legislativa 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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