Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05550/2021)
Aprobación de trece cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 5550/2021

A identificar al personal integrado en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal del Área de Recursos Humanos y Régimen
Interior en relación con los servicios que se prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o
telemática, todo ello debidamente regulado por el propio Área.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así
corresponda legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del Área de
Recursos Humanos y Régimen Interior.
A formular reclamaciones y quejas por causa de demoras, desatenciones u otras anomalías que se
observen en el funcionamiento del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior en relación con los
servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que estos sean empleados con carácter único y
exclusivo para los fines previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior podrán
presentar sus quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento del servicio en los lugares y en la forma que se señalan a
continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo al siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con
firma
electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido al Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, o presentado en la
Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas
previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.es
Además para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente en la Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del
Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que el Área de Recursos Humanos y Régimen
Interior ha incumplido los compromisos asumidos en esta Carta podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de
la misma, que contestará por escrito mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en
el plazo máximo de 10 días comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las
deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. NORMATIVA REGULADORA
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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