Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05550/2021)
Aprobación de trece cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
79 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 5550/2021
8. Atender el 100% de las urgencias por plagas en menos 48 horas desde que se recibe el aviso por cualquier
medio escrito.
Indicador: Porcentaje de urgencias atendidas en plazo.
9. Llevar a cabo acciones de sensibilización en al menos 50 centros educativos, asociaciones o áreas
municipales.
Indicador: N.º de Centros educativos, asociaciones o áreas municipales alcanzados.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS.
A identificar al personal integrado en Promedio.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal de Promedio en relación con los servicios que se prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o telemática,
todo ello debidamente regulado por el propio Promedio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda
legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento de Promedio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías que se
observen en el funcionamiento de Promedio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo para los fines
previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por Promedio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
De forma telemática, a través del Ssitema de Interconexión de Registros (SIR), o a través de la Sede
Electrónica de Promedio, con los medios de identificación y firma previstos en la misma, accediendo al
siguiente
enlace:
https://portaldipayto.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?error=-1&ent_id=9&idioma=1
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía o en
la Sede Central del Consorcio Promedio.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Consorcio presentado en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.esy/o promedio@dipbadajoz.es.
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente en la Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del
Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que Promedio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. NORMATIVA REGULADORA.
Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8. Atender el 100% de las urgencias por plagas en menos 48 horas desde que se recibe el aviso por cualquier
medio escrito.
Indicador: Porcentaje de urgencias atendidas en plazo.
9. Llevar a cabo acciones de sensibilización en al menos 50 centros educativos, asociaciones o áreas
municipales.
Indicador: N.º de Centros educativos, asociaciones o áreas municipales alcanzados.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS.
A identificar al personal integrado en Promedio.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal de Promedio en relación con los servicios que se prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o telemática,
todo ello debidamente regulado por el propio Promedio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda
legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento de Promedio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías que se
observen en el funcionamiento de Promedio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo para los fines
previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por Promedio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
De forma telemática, a través del Ssitema de Interconexión de Registros (SIR), o a través de la Sede
Electrónica de Promedio, con los medios de identificación y firma previstos en la misma, accediendo al
siguiente
enlace:
https://portaldipayto.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?error=-1&ent_id=9&idioma=1
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía o en
la Sede Central del Consorcio Promedio.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Consorcio presentado en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.esy/o promedio@dipbadajoz.es.
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente en la Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del
Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que Promedio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. NORMATIVA REGULADORA.
Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
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