Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (05598/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa de cementerio municipal
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 5598/2021

nuevamente a pertenecer al Ayuntamiento, según lo establecido en el artículo 93.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Artículo 7.
Queda expresamente prohibida la transacción de concesiones de nichos entre particulares, exceptuando las que se realicen
por herencia, debiendo los herederos solicitarlo en las dependencias municipales, presentando documento que los acredite
como únicos herederos. Los títulos de estos nichos figurarán siempre a nombre de una persona física.
Artículo 8.
Se entenderá caducada toda licencia o concesión temporal cuya renovación no se hiciese dentro de los cinco días siguientes
a la fecha de su terminación.
Artículo 9.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan a
cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
En lo no previsto en la presente Ordenanza fiscal se estará a lo dispuesto por el RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como en las normas y demás disposiciones
que la desarrollen o complementen.
DISPOSICIÓN FINAL
La modificación de la presente Ordenanza fiscal, aprobada por acuerdo de Pleno de fecha 26 de octubre de 2021, entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su
derogación expresa o nueva modificación
Segundo.- El Acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del
impuesto se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, momento en el cual
entrará en vigor.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
En Jerez de los Caballeros, a 23 de diciembre de 2021.- La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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