Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05522/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Agrijardín"
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Ayuntamiento de Vivares

Anuncio 5522/2021

trabajo, en las aulas o en los espacios asociados al plan formativo laboral.
El uso del móvil en las horas de clase estará limitado a la mínima expresión y desaconsejado en las
actividades formativas donde se utilice maquinaria y/o herramienta alguna, aplicándose la sanción
correspondiente según recoge el presente Reglamento de Régimen Interno.
DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS:
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad (dentro de los límites que
establece la normativa que regula el programa), raza, condición social, ideas religiosas o
políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les
son propios.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones
concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
1.- Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y
posibilidades personales.
2.- Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos
cauces que para tal fin se dispongan.
3.- Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
DEBERES:
1.- Respetar la dignidad y el trabajo de las personas relacionadas con el proyecto, tanto directa
como indirectamente.
2.- Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
3.- Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
4.- Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus
funciones.
5.- Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones
concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1.- Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan Formativo y ejecutar de forma responsable
las tareas que se contemplan en el mismo.
2.- Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3.- Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
FALTAS Y SANCIONES:
FALTAS:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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