Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05204/2021)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2022 de actividades deportivas
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Delegación de Cultura y Deportes

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Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener su domicilio social en la provincia de Badajoz.
Carecer de fines de lucro.
De acuerdo con sus estatutos, tener entre sus fines la realización de actividades deportivas coincidentes con los objetivos,
criterios y valores del Plan Estratégico de Subvenciones de la institución provincial.
No estar incursas en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No ser beneficiaria de ninguna otra subvención concedida por esta Diputación de Badajoz o sus entidades dependientes
para la misma actividad.
BASE 4. SOLICITUDES. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN.
El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través del Registro Electrónico, ubicado en la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz,
conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de solicitudes, a través del Registro Electrónico, podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido en esta Base, en la dirección que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.es
En la presentación, tanto de la solicitud como del resto de documentación, se utilizarán los modelos normalizados,
debidamente firmados por el órgano competente.
Las solicitudes electrónicas deberán contener la firma electrónica requerida por la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y se acompañarán de todos los
documentos e información que determina esta convocatoria.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en las siguientes direcciones:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración estatal, provincial y con la Seguridad
Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,
de 17 de noviembre.
Formulario de identificación del proyecto según el anexo III, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones, tanto
de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados para el proyecto
objeto de la solicitud, incluida la previsión de ingresos por inscripciones, matrículas o aportaciones de los beneficiarios o
participantes en el proyecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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