Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05206/2021)
Extracto de convocatoria de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la Provincia de Badajoz para celebración de actividades educativas y culturales así como celebración de fiestas populares durante 2022
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Delegación de Cultura y Deportes

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Gastos de inversión en infraestructuras y adquisición de bienes inventariables (equipos informáticos, mobiliario, bienes de
equipo permanentes…).
Los gastos indirectos de la entidad, entendidos como aquellos gastos estructurales de la asociación que no pueden ser
imputables directamente a la celebración de las actividades incluidas en el proyecto presentado, como por ejemplo los
gastos de personal propio, teléfono, agua, energía eléctrica, mantenimiento, y otros similares. Por tanto, los gastos
imputables por recursos humanos tienen que corresponder en todo caso a contrataciones externas a la entidad
subvencionada para la celebración de actividades educativas y culturales así como fiestas populares.
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Los impuestos personales sobre la renta.
Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias y genéricas de la entidad no relacionadas con el proyecto
presentado a la convocatoria.
BASE 6. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
a) Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 3, hayan obtenido una
mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, siempre teniendo como límites la cuantía
total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria, el individual por proyecto y la cantidad solicitada, otorgándose
las subvenciones por riguroso orden de puntuación.
b) No se valorarán aquellos proyectos que incluyan gastos declarados no subvencionables en estas bases, quedando
excluidas las asociaciones que los presenten.
c) Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
1.- Según la trayectoria de la asociación solicitante (hasta un máximo de 15 puntos):
Según el número de socios de la asociación:
Hasta 20 socios: 0 puntos.
De 21 socios a 200 socios: 1 punto.
De 201 socios a 350 socios: 2 puntos.
Más de 350 socios: 3 puntos.
Según la antigüedad de la asociación:
Hasta 5 años: 0.
De 6 a 10 años: 1 punto.
De 11 a 15 años: 2 puntos.
Más de 15 años: 3 puntos.
Que haya recibido subvención de la Diputación de Badajoz para un proyecto similar en las dos últimas convocatorias de esta
línea de subvenciones de los años 2019 ó 2021: 4 puntos.
Que el solicitante tenga experiencia de trabajo y trayectoria profesional en proyectos de esa envergadura, habiéndose
realizado una correcta ejecución y justificación de proyectos de similar naturaleza en la Diputación de Badajoz u otras
instituciones en años anteriores: 2 puntos.
Según el ámbito territorial de actuación de la entidad solicitante, que debe aparecer en sus estatutos:
Local: 1 punto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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