Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05206/2021)
Extracto de convocatoria de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la Provincia de Badajoz para celebración de actividades educativas y culturales así como celebración de fiestas populares durante 2022
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Delegación de Cultura y Deportes

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Las asociaciones que presenten proyectos cuya finalidad no sea la celebración de actividades educativas, culturales o de
fiestas populares, objeto de esta convocatoria.
2.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz que
cumplan con los siguientes requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura a fecha de publicación
de esta convocatoria.
b) Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener su domicilio social en la provincia de Badajoz.
c) Carecer de fines de lucro.
d) De acuerdo con sus estatutos, tener entre sus fines la realización de actividades culturales y/o educativas coincidentes
con los objetivos, criterios y valores del Plan Estratégico de Subvenciones de la institución provincial.
e) No estar incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refieren los apartados 2 y 3 del
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No ser beneficiario de ninguna otra subvención concedida por esta Diputación o sus entidades dependientes para la
misma actividad.
BASE 4. SOLICITUDES.
1.- El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
2.- Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz,
conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de solicitudes, a través del registro electrónico, podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido en esta base, en la dirección que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.es
En la presentación, tanto de la solicitud como del resto de documentación, se utilizarán los modelos normalizados,
debidamente firmados por el órgano competente.
Las solicitudes electrónicas deberán contener la firma electrónica requerida por la Ordenanza reguladora del procedimiento
administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y se acompañarán de todos los documentos
e información que determina esta convocatoria.
A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
3.- Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,
de 17 de noviembre.
Formulario de identificación del proyecto según el anexo III, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones, tanto
de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados para el proyecto
objeto de la solicitud, incluida la previsión de ingresos por inscripciones, matrículas o aportaciones de los beneficiarios o
participantes en el proyecto.
Certificación de estar inscrito en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura y fecha de inscripción en el mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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