Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05208/2021)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2022 de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Cultura y Deportes

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Diputación de Badajoz. Para ello deberán hacer constar la colaboración y la imagen corporativa de la Diputación de Badajoz
en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la actividad. Desde la Delegación de Cultura y
Deportes se facilitará a los Ayuntamientos la cartelería relativa al Programa de Dinamización Deportiva de la Diputación de
Badajoz.
e. Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión al Ayuntamiento beneficiario de otras subvenciones destinadas a la
actividad subvencionada por parte de cualquier otra institución pública o privada.
f. Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la subvención
concedida.
g. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de Badajoz, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las actividades
subvencionadas.
h. Comunicación a través del correo deporte@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto público de
presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la realización de las actividades
para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
i. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
BASE 11. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. ESTRUCTURA Y ALCANCE.
La justificación de los gastos realizados, anexo IV, copia de la/s factura/s detallada de gastos abonada/s por el ayuntamiento
y copia del documento acreditativo del pago efectivo, deberá presentarse junto a la solicitud de subvención en la forma y
plazos previstos en la base 5.
BASE 12. PUBLICIDAD E INTERPRETACIÓN.
Las presentes bases de la convocatoria se publicarán para general conocimiento de los interesados en el Boletín Oficial de la
Provincia, por conducto de la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones), y en la web de la Diputación Provincial de
Badajoz, en la dirección: https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php
BASE 13.- INDICADORES DE RESULTADO Y DE ACTIVIDAD.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultados y actividad que deberán incluirse en el anexo III:
Localidades beneficiadas por el área de influencia de la actividad realizada.
Número de beneficiarios de la actividad, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos de la actividad.
BASE 14. CONTROL, REINTEGRO Y SANCIONES.
Las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones derivados de los incumplimientos establecidos en las
presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto
887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
BASE 15. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Badajoz, 25 de noviembre de 2021.- El Presidente, P.D. el Diputado Delegado de Cultura y Deportes, (decreto 5/7/2019, BOP
8/7/2019), Francisco Martos Ortiz.- El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes, (decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019), Ricardo Cabezas Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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